La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) puede verificar el comportamiento de las casas de empeño e instituciones de asistencia privada.
Con la resolución, la Profeco podrá regular las condiciones de los préstamos que otorguen esos negocios, para que no dañen las finanzas de los ciudadanos y estén apegadas al sistema de protección al consumidor.
El pleno de la Corte señaló que se consideran como casas de empeño a todas las personas físicas y morales que realicen operaciones de préstamo con interés y garantía prendaria, sin importar la naturaleza jurídica y el fin al que se le destinen las ganancias por esa actividad.
Asimismo detalló que sólo se exceptúan aquéllos negocios que se encuentren regulados por autoridades y leyes financieras.