SCJN atrae amparo por mal servicio de telefonía

La Corte podrá emitir criterios que definan mecanismos en defensa de los consumidores

Cobro por segundo en telefonía celular
 Cobro por segundo en telefonía celular  (Foto: Redacción)

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo un amparo promovido por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), que versa sobre las quejas de los usuarios de telefonía móvil de la empresa Iusacell, por las fallas en su servicio registradas durante 2010.

Con la determinación que tome, la Corte podrá emitir criterios en los que se definan mecanismos de defensa de los derechos de los consumidores en materia de telecomunicaciones, que faciliten disputas y el resarcimiento de daños causados por las empresas proveedoras del servicio.

En este caso, la Profeco demandó a la empresa de telefonía -mediante un juicio ordinario civil- la indemnización de los errores en su red. El juez competente condenó a la compañía el resarcimiento del daño causado, sin embargo un Tribunal Unitario revocó ese fallo, ya que las deficiencias en el sistema no rebasaron los límites establecidos en "el plan técnico fundamental de calidad de las redes del servicio local móvil”, emitido por la Cofetel.

Ante esa situación, la SCJN estará en posibilidad de determinar si Iusacell rebasó o no los márgenes de calidad en el servicio de telefonía móvil, lo que pudiera significar que incurrió en conductas irregulares que dañaron a los consumidores.