SCJN condena a hotel por daño moral

La empresa del ramo turístico deberá pagar 30 millones de pesos

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 -  (Foto: Redacción)

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) condenó al hotel Mayan Palace de Acapulco a pagar 30 millones de pesos por el daño moral causado a una familia por la muerte de su hijo, “debido a las conductas negligentes de la empresa”.

En un comunicado, la Sala detalló que el joven falleció debido tras caer en un lago artificial del hotel, el cual se encontraba electrificado al ocasionarse un corto circuito por una bomba de agua sumergible, a la que no se había dado mantenimiento.

“El hotel carecía de personal calificado para responder ante la emergencia”, brindó una atención médica inadecuada, y no proporcionó un trato digno a los familiares de la víctima, precisa el documento.

En el caso se probó que la empresa “incumplió con la normatividad aplicable a la prestación de servicios de hotelería y con sus deberes generales de cuidado”.

En la sentencia, elaborada por el ministro Arturo Zaldívar, se estableció que las indemnizaciones deben ser justas, “por lo que el monto que se fije como compensación debe ser suficiente para resarcir el daño sufrido por las víctimas”.

Además, la indemnización debe cumplir con un fin de retribución social, es decir, “el monto de la compensación debe reflejar la desaprobación hacia las conductas ilícitas, así como intentar disuadirlas”, agregó la Sala.

Estos elementos deberán ser valorados por el juez de la causa “para alcanzar la debida compensación del daño moral”, considerando la gravedad de lo causado, así como la capacidad económica y el grado de negligencia de la firma responsable.