Aprueban reformas a ley de sociedades cooperativas

Se amplía el universo de sociedades sujetas a apoyo del Fipago

El próximo 16 de julio inicia el periodo extraordinario en el Congreso
 El próximo 16 de julio inicia el periodo extraordinario en el Congreso  (Foto: Redacción)

México (Notimex).- La Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen que busca evitar que ahorradores sufran fraudes por sociedades y cooperativas de ahorro y préstamo, el cual será discutido en breve por el pleno del órgano legislativo.

También avaló modificaciones a diversas disposiciones de la ley que crea el Fideicomiso que administrará el Fondo para el Fortalecimiento de Sociedades y Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Apoyo a sus Ahorradores (Fipago), y de la ley que regula las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.

El secretario de la comisión, Tomás Torres Mercado, señaló que el objetivo es permitir que los trabajos de consolidación que se realizan en dichas sociedades, se lleven a cabo por expertos en finanzas populares, y no sólo por consultores internacionales.

El diputado ecologista indicó que el dictamen amplía el universo de sociedades sujetas a apoyo del Fipago en beneficio de los ahorradores, y permite que participen otras personas en la cesión de activos y pasivos de las sociedades cooperativas u otras sociedades.

Explicó que el proyecto de ley elimina la obligación de realizar un trabajo de consolidación a dichas sociedades clasificadas en D, es decir, con debilidad financiera y alto riesgo, porque los niveles de captación no permitan el cumplimiento de obligaciones con sus socios ahorradores.

También busca fortalecer el control sobre las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo con niveles de operación básico, y concluir en forma ordenada el proceso de regularización de aquellas con activos superiores a 2.5 millones de Unidades de Inversión (UDIS), detalló el legislador.

En cuanto a las reformas a la ley en la materia, estas pretenden que exista una mayor claridad sobre la creación de dichas sociedades. Los socios deberán acreditar su identidad y ratificar su voluntad de constituir las sociedades cooperativas exclusivamente ante notario público, precisó.

Asimismo, los fedatarios ante los cuales se hayan constituido las sociedades estarán obligados a informar al Comité de Supervisión Auxiliar, dentro de los 20 días siguientes de dicha constitución.

“Se modifican prácticas de que al amparo de sociedades mercantiles se generaron diversas cooperativas que no eran objeto de regulación ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), generando esquemas de prácticas fraudulentas”, expuso Torres Mercado.

El dictamen también reduce el plazo para que las sociedades de nueva creación se inscriban en el registro de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, a cargo del Comité de Supervisión Auxiliar del Fideicomiso del Fondo de Supervisión Auxiliar de Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y de Protección a sus Ahorradores.

Asimismo, se prevé que el comité evalúe periódicamente a dichas sociedades e informe a la CNBV cuando alguna de ellas haya sido clasificada en “D” por representar un muy alto riesgo de pérdida de patrimonio de sus socios.

Las reformas también facultan a la CNBV para que ordene la medida precautoria de inmovilizar los recursos de las personas físicas o morales que realicen operaciones reservadas a las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo, a fin de salvaguardar los ahorros de los socios depositantes.