Grupos de profesionistas son agentes económicos

La SCJN consideró que la Ley de Competencia Económica no vulnera la Constitución

SCJN le dice no al SME
 SCJN le dice no al SME  (Foto: Redacción)

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las agrupaciones de profesionistas pueden ser agentes económicos, ya que su actividad impacta en algún momento en la actividad económica del Estado.

Con este fallo, la Sala negó un amparo a la Federación Mexicana de Anestesiología, que estimaba que el artículo 3 de la Ley Federal de Competencia Económica  transgredía el artículo 28 constitucional, al considerar como agentes económicos a los grupos de profesionistas. Sin embargo, la Corte consideró que la norma señalada no vulnera lo establecido en la carta magna.

“No cualquier persona o entidad relacionada directa o indirectamente con la producción son agentes económicos para efectos de la ley de la materia, sino sólo aquellos cuya actividad trascienda en un momento dado y, en términos económicos”, justificó la Sala.

Así mismo, los ministros establecieron que los artículos 3 y 9 de la ley de competencia tampoco trasgreden el artículo 5 constitucional, ya que las citadas disposiciones regulan la actividad económica de todos los agentes productivos, y no solo las acciones de los profesionistas y los grupos que formen.