SCJN admite recursos vs nuevo Código Penal

Trece artículos de la norma son considerados inconstitucionales por la CNDH y el IFAI

El trabajo es un derecho humano también para los presos: SCJN
 El trabajo es un derecho humano también para los presos: SCJN  (Foto: Redacción)

México (Notimex).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió los recursos de inconstitucionalidad que interpusieron la CNDH y el IFAI contra algunos artículos del nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales, para determinar si este es congruente con la carta magna.

El ministro instructor designado para este caso, Luis María Aguilar Morales, determinó acumular ambas acciones, presentadas por separado y de manera independiente, y solicitó al Congreso y a la presidencia de la República, en su calidad de autoridades responsables, el envío de sus respectivos informes.

Las autoridades responsables quedaron emplazadas a enviar los antecedentes generales del nuevo código, la iniciativa de ley, los dictámenes de las comisiones, las actas de las sesiones en las que se aprobó la norma, el diario de debates cuando se discutió y las votaciones que se registraron.

Sólo con esos elementos el ministro ponente podrá elaborar el proyecto para ser sometido al pleno de la SCJN y pronunciarse sobre la constitucionalidad de los artículos 132, 147, 148, 153, 155, 242, 249, 251, 266, 268, 303, 355 y 434 del Código.

Esos numerales fueron impugnados por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en tanto que el IFAI refutó el artículo 303 que regula las facultades concedidas al Ministerio Público para localizar en tiempo real, previa solicitud a los concesionarios del servicio de telecomunicaciones, los teléfonos celulares asociados a la investigación de algún delito.

El resto de los artículos impugnados por la CNDH se refieren a las obligaciones de la policía y su relación con el Ministerio Público en la investigación o persecución de delitos que pueden ser lesivas para los derechos humanos.

Este Código entrará en vigor de manera paulatina en todo el territorio nacional, con el plazo límite de mediados de 2016, así que la Corte tiene tiempo para resolver estas acciones de inconstitucionalidad antes de que su vigencia sea plena.