SCJN fija plazo en amparo vs sentencias

Los reos que sean condenados pueden interponer este recurso hasta ocho años después de concluido el juicio

Interés jurídico para impugnar normas que rigen la importación de autos usados
 Interés jurídico para impugnar normas que rigen la importación de autos usados  (Foto: Redacción)

México (Notimex).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la fracción segunda del artículo 17 de la nueva Ley de Amparo, la cual fija un plazo de ocho años para promover un amparo directo cuando se recibe una sentencia definitiva que sea privativa de la libertad.

Este plazo sólo se aplicará a las personas que comenzaron a recibir sentencias definitivas a partir del 3 de abril de 2013, día en que entró en vigor esta norma.

Con ocho votos a favor y tres en contra, el pleno de la Corte señaló que el plazo que marca la nueva ley no viola los derechos humanos, sino que brinda seguridad jurídica tanto a las víctimas como a los sentenciados.

Los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, José Ramón Cossío y Arturo Zaldívar Lelo de Larrea pidieron se declarara inconstitucional la fracción del artículo mencionado, ya que lo calificaron como regresivo.

En tanto, la ministra ponente, Olga Sánchez Cordero, pidió declarar constitucional el plazo, ya que –en su opinión- busca equilibrar los derechos humanos tanto del sentenciado como de las víctimas, sin generar al afectado por una sentencia condenatoria un obstáculo que le impida ejercer su derecho de acceso efectivo a la justicia.

A su vez, el ministro Luis María Aguilar Morales aseveró que esta medida beneficia a las personas, ya que les da un margen para interponer sus juicios de defensa.