Los funcionarios encargados de las oficinas del Registro Civil de la Ciudad de México podrán expedir documentos que acrediten el concubinato de una pareja, sin que ello signifique una modificación al estado civil de las personas, de acuerdo con una reforma al Código Civil del Distrito Federal, aprobada esta semana por la Asamblea Legislativa de la metrópoli.
Al fundamentar el dictamen, el diputado Arturo Santana Alfaro señaló que los cambios contemplan “la creación de diversas disposiciones que permitan acreditar el concubinato de una manera eficaz, y como consecuencia de esto, los derechos y obligaciones puedan hacerse valer, gracias a que la ley lo establece con claridad”.
Los legisladores reformaron y adicionaron diversos párrafos del artículo 291 bis del Código Civil del Distrito Federal, a fin que los concubinos puedan acudir a las oficinas del Registro Civil para obtener constancias que acrediten “situaciones relacionadas con el concubinato, la cohabitación, la separación de cuerpos o abandono de hogar”, preciso la ALDF en un comunicado.
Se pretende que las declaraciones que actualmente se llevan a cabo ante los jueces cívicos, puedan ser levantadas en el Registro Civil, cuyos funcionarios estarán facultados para expedir constancias en forma ágil y expedita.
Con estos cambios, que aun deben ser promulgados por el Jefe de gobierno del Distrito Federal, también se homologan los formatos para la recepción de declaraciones, armonizando su contenido con la legislación aplicable.