¿Cómo debe indemnizar el Estado a los ciudadanos?

¿Cómo debe indemnizar el Estado a los ciudadanos?

En el primer semestre del 2013, los créditos vencidos llegaron a 1 millón 405,000
 En el primer semestre del 2013, los créditos vencidos llegaron a 1 millón 405,000  (Foto: Redacción)

Cuando el Estado actúa de manera arbitraria o ilegal en contra de algún ciudadano éste tiene derecho a recibir una indemnización, de acuerdo con la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado (LFRPE).

Esta norma fija las bases y procedimientos para reconocer el derecho a la indemnización de quienes, sin obligación jurídica de soportarlo, sufran daños en cualquiera de sus bienes y derechos, como consecuencia de la actividad administrativa irregular.

Este es el caso de la indígena otomí Jacinta Francisco Marcial, quien el pasado mes de mayo ganó un recurso en contra de la Procuraduría General de la República (PGR), interpuesto ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA).

Ese órgano jurisdiccional consideró en su fallo que Francisco Marcial fue acusada y aprehendida ilegalmente por el delito de privación ilegal de la libertad, por lo que la PGR debe reparar el daño que le causó.

Los magistrados del TFJFA consideraron que la Procuraduría, como autoridad responsable, le causó un daño moral y patrimonial a la indígena, por ende la dependencia deberá pagarle las indemnizaciones correspondientes, además de reconocer su inocencia.

Las indemnizaciones que fija la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado (LFRPE) se calculan de la siguiente forma (art.14):

  • Si existen daños personales:
    • Corresponderá una indemnización con base en los dictámenes médicos atinentes, conforme a lo dispuesto para riesgos de trabajo en la Ley Federal del trabajo (LFT)
    • Adicionalmente a esta indemnización, el reclamante tendrá derecho a que se le cubran los gastos médicos erogados
  • En el caso de daño moral, la autoridad administrativa o jurisdiccional calculará el monto de la indemnización de acuerdo con los criterios del Código Civil Federal (CCF) tomando en cuenta el contenido de los dictámenes periciales ofrecidos
  • Si se causa la muerte, se indemnizará siguiendo lo señalado por el artículo 1915 del CCF (el grado de reparación se determina según lo dispuesto por la LFT y usando como base el cuádruplo del salario mínimo diario más alto vigente en la región)

Por otro lado, si se originara daño al patrimonio de los particulares derivado de la actividad administrativa irregular, esta se acreditará fehacientemente probando la relación causa-efecto (art. 22, LFRPE).

De esta manera, el fallo emitido por el TFJFA abre una puerta para que los particulares, al sufrir daños en sus bienes o derechos por la actividad administrativa irregular del Estado, utilicen la LFRPE para reclamar una indemnización.