Aclaración de acta de nacimiento

Se debe acudir a la oficina central del Registro Civil con documentos originales

Se va a iniciar con el trámite de un pasaporte y para tal efecto forma parte de los requisitos el exhibir una copia certificada del acta de nacimiento.

Sin embargo, existe una letra de más en uno de los apellidos, provocado por un error en su escritura. ¿Qué trámite se puede realizar para corregirla y ante quién se hace, si esta fue emitida por un registro civil ubicado en el DF?

La gestión necesaria se denomina Aclaración de actas, procedente si en estas se presentan errores mecanográficos, ortográficos o de otra índole, siempre que no afecten los datos esenciales.

Se tramita únicamente ante la Oficina Central del Registro Civil del DF utilizando el Formato para la aclaración de acta de nacimiento, y se acompañará de:

  • copia certificada del acta de:
    • reciente expedición que se desea aclarar (antigüedad no mayor de un año a la fecha de inicio de gestión)
    • nacimiento del padre o de la madre, según sea el caso, para acreditar que el apellido está mal escrito. De no contar con estos documentos, se podrá anexar el acta de matrimonio de los mismos o las que correspondan al nacimiento de los hermanos
  • documentos públicos, privados o religiosos en etapas de su vida (niñez, adolescencia y adulta) para comprobar la petición (fe de bautizo, constancia de alumbramiento, cartilla de vacunación, boletas, diplomas, carnet clínico, etc.)

En caso de no acudir el interesado, un tercero puede realizar la diligencia si cuenta con una carta poder simple, con identificación oficial de quien lo esté otorgando, quien lo acepta y de dos testigos.

Este documento se debe dirigir al director general del Registro Civil con la siguiente leyenda: Se otorga poder para realizar el procedimiento administrativo de aclaración de acta, y en su llenado se evitará abreviar los nombres de los participantes.

El tiempo aproximado de respuesta es de 10 días hábiles y su ejecución es gratuita.