SCJN atrae queja contra nueva Ley de Amparo

La Primera Sala de la Corte analizará una recurso en el que se cuestionan los plazos establecidos en el artículo 17 de esa norma

Primera Sala de la SCJN
 Primera Sala de la SCJN  (Foto: Redacción)

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió ejercer su facultad de atracción en un recurso de queja en el que se impugna la validez del artículo 17 de la Ley de Amparo en vigor, el cual establece que las demandas de este recurso, contra actos que afecten la libertad personal dentro de un procedimiento, deben interponerse dentro del plazo genérico de quince días.

En este caso, en contra del quejoso se dictó un auto de formal prisión por los delitos de detención de vehículo robado grave, encubrimiento por receptación y cohecho. El inconforme promovió amparo, mismo que fue desechado por el juez de Distrito al considerarlo notoriamente improcedente, por lo que se interpuso un recurso de queja que el tribunal colegiado solicitó fuera atraído por el alto tribunal.

Con este asunto la Corte estará en posibilidad de resolver si los actos que se emiten dentro de un procedimiento penal, y que atentan contra la libertad personal, deben combatirse mediante el juicio de amparo indirecto, dentro de los quince días siguientes a aquél en que surta efectos su notificación.

Asimismo, la SCJN analizará si es constitucional la restricción a los supuestos de excepción respecto de dicho plazo, en comparación con la anterior Ley de Amparo, que fue abrogada el 2 de abril de 2013, con la entrada en vigor de una nueva norma.

Es de mencionar que el citado artículo 17 permite, como excepción, la promoción del juicio de amparo en cualquier tiempo únicamente cuando los ataques a la libertad ocurran fuera de un procedimiento, mientras que en la ley abrogada no se distinguía si los ataques a la libertad personal derivaban de un procedimiento penal o no.

Así, al atraer el caso se deberá revisar, entre otros cuestionamientos, si es posible realizar un examen de validez de un artículo de la Ley de Amparo, y por otra parte, si es posible que dicho examen se realice en el presente caso.

En este sentido, resulta fundamental emitir un pronunciamiento sobre si la intención del poder legislativo fue clara en excluir de la excepción a los ataques a la libertad personal derivados de un procedimiento penal.