Correduría pública al servicio del comercio

Se trata de un fedatario que cuenta con diversas especializaciones

Revise las obligaciones fiscales de jueces, corredores y demás fedatarios públicos
 Revise las obligaciones fiscales de jueces, corredores y demás fedatarios públicos  (Foto: Redacción)

El corredor público es un profesional del derecho habilitado por la Secretaría de Economía (SE) en representación del Ejecutivo Federal, cuya principal función es la de garantizar seguridad y certeza jurídica a las transacciones comerciales.

El artículo 6 de la Ley Federal de Correduría Pública (LFCP) señala que al corredor público le corresponde actuar como:

  • agente mediador, para transmitir e intercambiar propuestas entre dos o más partes y asesorar en la celebración o ajuste de cualquier contrato o convenio de naturaleza mercantil
  • perito valuador, para estimar, cuantificar y valorar los bienes, servicios, derechos y obligaciones que se sometan a su consideración, por nombramiento privado o por mandato de autoridad
  • asesor jurídico, en las actividades propias del comercio
  • árbitro, a solicitud de las partes para la solución de controversias derivadas de actos, contratos o convenios de naturaleza mercantil, así como las suscitadas entre proveedores y consumidores
  • fedatario público, para hacer constar: todos los actos jurídicos aludidos anteriormente, excepto de inmuebles; la emisión de obligaciones y otros títulos valor; hipotecas sobre buques, navíos y aeronaves; los hechos de naturaleza mercantil
  • encargado de cotejar y certificar las copias de las pólizas o actas que hubiesen sido otorgadas ante ellos

Al comparar a este profesional del comercio con el notario público, se pude concluir que cada uno tiene una especial área de interés, pues el primero es un profesional de la materia mercantil, por lo que sus servicios ofrecen bastos conocimientos y experiencia, además de que sus honorarios pueden ser pactados en libertad con sus clientes (art. 14, LFCP).

¿A qué están obligados?
Para el ejercicio de sus funciones los corredores deberán observar ciertas restricciones, por ejemplo:

  • solo ejercerán sus funciones como fedatarios públicos en la plaza en la que hubiesen sido habilitados; en sus demás funciones podrán hacerlo en todo el territorio nacional (art. 5o, LFCP)
  • no podrán excusarse de actuar más que en los casos de prohibición legal, en los días festivos y feriados u horas inhábiles, o en los supuestos en los que las partes no anticipen los gastos necesarios (art. 13, LFCP)
  • realizarán personalmente sus funciones, con probidad, rectitud y eficiencia
  • no retrasarán de forma indebida la conclusión de los asuntos que conozcan
  • propondrán los negocios con exactitud, claridad y precisión
  • se asegurarán de la identidad y capacidad legal de las partes que acudan a él, las orientarán y explicarán las consecuencias legales de sus actos
  • guardarán el secreto profesional relativo al ejercicio de sus funciones
  • expedirán las copias certificadas de las actas o pólizas solicitadas por los interesados
  • pertenecerán al colegio de corredores de la plaza en que ejerzan (art. 15, LFCP)

Trámites
El catálogo de servicios que presta un corredor público es extenso, sin embargo, los más comunes son, en:

  • fe pública:
    • constitución, transformación, fusión, escisión, o disolución y liquidación de sociedades mercantiles; protocolización de actas de asambleas de accionistas; venta y amortización de acciones
    • ratificación de firmas
    • notificaciones y fe de hechos
  • en valuación:
    • activos intangibles (marcas, derechos de autor, patentes, cartera de clientes, marcha de un negocio)
    • levantamiento de inventario en las empresas
    • acciones
    • valoración de proyectos de inversión
    • administración de riesgos financieros

En esta tesitura, cada profesional podrá contar con diversas especializaciones que le hagan más competente frente a otros, ya sea en materia de valuaciones o en asesoría jurídica.

Adicionalmente, la SE tiene a disposición del público en general un directorio de todos los corredores públicos habilitados por estados, por lo que resulta una herramienta ideal de consulta.