Avanza en Senado reforma del DF

Se modifica la naturaleza jurídica de la capital mexicana para que esta sea una entidad federativa

-El Pleno del Senado de la República aprobó la reforma al IFAI
 -El Pleno del Senado de la República aprobó la reforma al IFAI  (Foto: Redacción)

El Pleno del Senado de la República dio primera lectura al proyecto que reforma diversas disposiciones de la Constitución en materia de reforma política de la Ciudad de México.

La propuesta de dictamen modifica la naturaleza jurídica del Distrito Federal y sugiere que la Ciudad de México sea una entidad federativa, “con autonomía constitucional en todo lo concerniente a su régimen interior y a su organización política y administrativa”, detalló la Cámara alta en un comunicado.

En ese sentido, la capital del país tendrá, al igual que los estados, la posibilidad de aprobar su propia Constitución política.

Asimismo, la reforma dispone que el gobierno de las demarcaciones territoriales del DF estará a cargo de alcaldías y no de delegaciones, como hasta ahora.

Previamente, las Comisiones unidas de puntos constitucionales, Distrito Federal, y estudios legislativos, acordaron realizar cinco adecuaciones al proyecto para incorporar el acceso de las alcaldías a los recursos federales.

“También se convino incluir la facultad de iniciativa para la Constitución política de la Ciudad de México, por parte del Jefe de gobierno o por los integrantes del Congreso Constituyente, y un nuevo artículo transitorio para hacer una relación pormenorizada de atribuciones de las alcaldías, basadas en experiencias de ejercicio de gobierno en las demarcaciones territoriales del Distrito Federal”, añadió el documento.

Además, se acordó establecer la posibilidad de que los grupos parlamentarios tengan acceso a los órganos de gobierno del Congreso local, y de que las fuerzas de mayor representación asuman la presidencia de dichos órganos.

El proyecto también sugiere que la dirección de las instituciones de seguridad pública de la Ciudad de México corresponderán al Jefe de gobierno, así como la facultad 2de nombrar y remover libremente al servidor público que ejerza el mando directo de la fuerza pública”.