En vigor regulación de despachos de cobranza

Conoce todas las limitantes que tendrán esas empresas y las sanciones a las que pueden hacerse acreedoras

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 -  (Foto: Redacción)

México (Notimex).- Este martes entró en vigor la nueva regulación de despachos de cobranza,  que tiene como finalidad eliminar las llamadas de amenazas a los deudores.

Si bien, las reglas sobre las nuevas atribuciones de la Condusef son para regulación de los despachos de cobranza en su actuar frente a los deudores, en caso de violar los lineamientos las que serán multadas son las instituciones financieras que contrataron el despacho.

Estas multas irán desde 13,458 hasta 134,000 pesos y serán aplicadas por cada evento que infrinjan, advirtió el presidente de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, Mario Di Constanzo.

Asimismo, precisó que una de las herramientas importantes de la nueva reglamentación es el Registro de Despachos de Cobranza (Redeco).

En ese mecanismo, los usuarios podrán revisar la existencia de los despachos, así como las instituciones con las que opera, y sus principales directivos y encargados.

Por otra parte, el organismo aclaró que esas entidades ya no podrán llamar al deudor antes de las 07:00 horas ni después de las 22:00 horas.

De igual forma, no pueden ofender, amenazar ni intimidar al deudor y sus familiares, así como tampoco utilizar lenguaje o términos jurídicos/penales.

Además no podrán realizar gestiones de cobro a terceros y beneficiarios, solo pueden llamar a deudores solidarios o avales.

Tampoco pueden utilizar nombres o denominaciones parecidos a instituciones públicas (como el despacho Procuraduría General de Cobranza), ni establecer listas negras, registros especiales o cartelones que hagan del conocimiento público al deudor.

Por otra parte, Mario Di Constanzo subrayó que otro de los lineamientos de suma importancia es que los despachos ya no podrán recibir por cualquier medio y de forma directa el pago del adeudo, ya que éste deberá ser depositado en una institución financiera.

Tampoco pueden realizar gestiones de cobro con menores de edad o adultos mayores, salvo que la persona mayor sea el deudor.