Año de vehículo no limita obtención de holograma cero

La SCJN aseguró que si los automóviles cumplen con los exámenes de emisión de contaminantes pueden obtener el holograma

 Iniciativa para limitar importación de autos contaminantes  (Foto: Redacción)

Redacción

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es posible verificar los vehículos sin importar la edad de la unidad y obtener el holograma correspondiente de a acuerdo a los niveles de contaminación, siempre y cuando cumpla con las disposiciones ambientales adecuadas y pase los exámenes mecánicos del Programa de Verificación Vehicular Obligatoria en el DF.

En un comunicado, la Corte precisó que existen diversos amparos en los que se reclama que el año del vehículo limita la obtención del holograma, por lo que viola el derecho de igualdad previsto en el artículo 1 de la Constitución.

En ese sentido, los ministros consideraron que según el artículo 147 de la Ley de Amparo, es posible otorgar la suspensión, pues con ello no se afecta el interés social ni se contravienen disposiciones del orden público, ya que dicha medida únicamente tendría el efecto de que el ciudadano podrá acudir a verificar su vehículo y obtendrá el holograma que le corresponda atendiendo al nivel de contaminantes que emita su automóvil.

“Esto garantiza el respeto al interés colectivo, pues la obtención de determinado holograma, estará siempre condicionada al resultado que arroje el examen técnico a que se someta el vehículo”, consideraron los ministros.

Asimismo, aclararon que la resolución no significa que la suspensión definitiva concedida permitirá que el ciudadano pueda obtener automáticamente el holograma “0” ni ningún otro; sino que únicamente implica que si se cumple con las especificaciones de los niveles de emisión señalados para obtener determinado holograma, el año de su vehículo no será impedimento para que éste le sea asignado.

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