Multas del nuevo reglamento de tránsito del DF

Las reglas viales entrarán en vigor hasta dentro de 120 días y aplicarán para vehículos y motociclistas

Estados de la República en donde sí se paga la tenencia vehicular y en los que no (foto: Federico Gama/Obras)
 Estados de la República en donde sí se paga la tenencia vehicular y en los que no (foto: Federico Gama/Obras)  (Foto: Redacción)

El Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, Miguel Ángel Mancera Espinosa, presentó las modificaciones al reglamento de tránsito, las cuales se publicaron este 17 de agosto en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

Dentro de los cambios destacan el establecimiento de nuevas sanciones a los conductores de vehículos motorizados, además que tienen por objeto regular la circulación de peatones y vehículos en la vía pública y la seguridad vial en la capital.

En lo general las reglas viales entrarán en vigor hasta dentro de 120 días naturales, es decir el próximo 15 de diciembre, lapso en el que se busca la capacitación de la policía, la colocación de las señalizaciones y el acercamiento de la población con dichas disposiciones.

Entre las nuevas sanciones que se prevén está la nueva forma de infraccionar al conductor de un vehículo a través de su licencia para conducir, la que podrá ser cancelada al acumular 12 puntos de penalización. Los puntos de penalización tendrán una vigencia de un año a partir de la fecha de la expedición de la boleta de sanción.

La reexpedición de una licencia penalizada procederá solo después de transcurridos tres años.

Los puntos de penalización irán sumando de acuerdo con las infracciones cometidas que se registren, además de que el titular de la licencia tendrá que cubrir la sanción económica que se le haya impuesto según la falta cometida.

Es decir, en caso de que un conductor de un vehículo motorizado embista con el vehículo al conductor de un vehículo no motorizado o a un peatón, sin ocasionar lesiones, se le remitirá ante el Juez Cívico a petición de la parte agraviada, enfrentará una multa de hasta 1,399 pesos o arresto administrativo de 13 a 24 horas, además que será penalizado con tres puntos.

O también el conductor de un vehículo motorizado que no respete la preferencia de paso y/o la prioridad de uso de los peatones será penalizado con tres puntos y establecen sanciones hasta 5,596 pesos según el tipo de transporte.

De igual forma el reglamento estipula que los conductores de vehículos motorizados en zonas escolares, de hospitales, de asilos, de albergues y casas hogar, la velocidad máxima será de 20 kilómetros por hora y en caso de incumplir con dicha medida se aplicará una multa de hasta 1,399 pesos, además de seis puntos de penalización en la licencia del conductor. Ya que si son de conductores de vehículos de transporte público de pasajeros o de carga la sanción será un 50% mayor.

Se les pondrá una multa de hasta 1,399 pesos a los conductores que:

  • sostengan, carguen o coloquen personas o animales entre sus brazos y piernas
  • utilicen objetos que representen un distractor para la conducción segura; tratándose de dispositivos de apoyo a la conducción como mapas y navegadores GPS (cualquier manipulación deberá hacerse con el vehículo detenido), o
  •  empleen teléfono celular o cualquier dispositivo de comunicación mientras el vehículo esté en movimiento

Lo mismo aplicará a aquellos conductores que circulen por ciclovías y banquetas, y se estacionen en aceras y pasos peatonales.

En cuanto a los ciclistas, los conductores de vehículos no motorizados tienen preferencia de paso sobre los vehículos motorizados: en las intersecciones controladas por semáforos, cuando la luz verde les otorgue el paso; les corresponda el paso de acuerdo con el ciclo del semáforo no alcancen a cruzar la vía; y sigan de frente en la vía y los vehículos motorizados vayan a realizar un giro para incorporarse a una vía transversal.

De igual forma, al circular en una vía que no cuente con infraestructura ciclista, los conductores de vehículos no motorizados tienen derecho a ocupar el carril completo. También tienen prioridad en el uso de la vía, cuando circulen en calles y carriles compartidos ciclistas; y en comitivas organizadas, dependiendo del número de participantes podrán utilizar parte o la totalidad de la vía.

Los conductores de vehículos motorizados que no respeten la prioridad de uso de la vía, podrán enfrentar una multa de hasta 1,399 pesos. 

También se prohíbe a los conductores de vehículos no motorizados –como bicicletas- circular sobre las aceras y áreas reservadas al uso exclusivo de peatones, con excepción de los niños menores de 12 años y los elementos de seguridad pública que conduzcan vehículos no motorizados, salvo que el conductor ingrese a su domicilio o a un estacionamiento; así como circular por los carriles exclusivos para el transporte público de pasajeros -excepto cuando éstos cuenten con el señalamiento horizontal y vertical que así lo indique- y detenerse sobre las áreas reservadas para el tránsito de peatones.

Motociclistas

Adicionalmente los conductores de motocicletas deben utilizar un carril completo de circulación y adelantar otro vehículo solo por el lado izquierdo; de incumplir las disposiciones enfrentarán una multa de 699 pesos y un punto de penalización en su licencia.

De igual forma, los motociclistas que circulen por vías ciclistas exclusivas o por los carriles confinados para el transporte público de pasajeros, pagarán una multa de 2,098 pesos y serán penalizados con seis puntos.