Tips que facilitan el otorgamiento de una fianza

Descubre qué observa una afianzadora para otorgarla

Sector asegurador quiere incidir en cambios legislativos
 Sector asegurador quiere incidir en cambios legislativos  (Foto: Redacción)

En el seminario sobre Fianzas, organizado por la Asociación de Compañías Afianzadoras de México A.C. (AFIANZA), se desarrollaron entre otros temas de interés, los cinco puntos que observa una afianzadora para autorizar la suscripción de una fianza, y que se constituyen a su vez en una guía para que, quién requiere de tipo de contrato, pueda evaluar las probabilidades de que le sea otorgada.

Tanto en materia fiscal como en contratación pública la fianza continúa siendo la forma de garantizar por excelencia, pero también existe la fianza judicial e incluso la que se utiliza para garantizar operaciones entre particulares (ejemplo en el contrato de arrendamiento).

Este contrato tiene por objeto garantizar obligaciones que terceras personas (fiados) hayan contraído, por lo que para que la fianza exista es imprescindible la subsistencia de una obligación principal. Por esta razón se dice que la fianza es un contrato accesorio que está sujeto a la suerte del contrato principal.

La accesoriedad de la fianza se confirma al: no existir sin una obligación principal; requerir la existencia de un deudor principal y garantizar el cumplimiento de una obligación contraída por éste.

Pero qué elementos considera una afianzadora al momento de suscribir una fianza:

1.- Estatuto del cliente. La afianzadora observa el historial del cliente, si se trata de un fiado nuevo o recurrente y su nivel de cumplimiento

2.- Obligación principal. Como la fianza es un contrato accesorio, su viabilidad dependerá de la suerte del principal; por ello la afianzadora antes de otorgarla, estudia la viabilidad de la obligación, es decir si es lícita, posible, está dentro del comercio. Esto para identificar el grado de riesgo de la operación

3.- Capacidad del cliente. La institución analiza la experiencia técnica, operativa y financiera del fiado (por ejemplo si se requiere garantizar el cumplimiento de un contrato se valorará si tiene la experiencia y capacidad para cumplir con las obligaciones adquiridas

4.- Solvencia moral y económica. Se revisan las referencias bancarias y comerciales, entre ellas el buró de crédito del fiado

5.- Recuperación. La Circular Única de Seguros y Fianzas, en su Título 11, Capítulo 11.1 precisa la forma en que las instituciones afianzadoras podrán garantizar la recuperación por solventar las obligaciones derivadas de la suscripción, y los documentos que en su caso deberán recabar, entre ellas la prenda, las cartas de crédito e hipotecas

Si requieres una garantía, la fianza puede ser una alternativa viable, y para agilizar su suscripción sería conveniente que tuvieras a la mano toda aquella documentación que te permitiera comprobar que reúnes los puntos mencionados.

Finalmente cabe precisar que las pólizas de fianza se expiden en papel o electrónicas, ambos formatos son aceptados por las instituciones públicas, y que en caso de duda sobre su validez, puedes verificarlas en la página oficial de la afianzadora que te la expidió.