¿A dónde va el historial crediticio?

Cualquier persona que acceda a un crédito será incluido en él. Lo importante es mantener buenas referencias

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 -  (Foto: Redacción)

La figura del buró de crédito está prevista en la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, como una organización que proporciona servicios de recopilación, manejo y entrega de información relativa al historial crediticio de personas físicas y morales.

Su existencia se justifica en la calificación de riesgo de los créditos, pues al contar con este tipo de entidades aquel se minimiza, y por lo tanto, coadyuva a que se bajen sus tasas de interés.

Su operación es autorizada por la SHCP, previa opinión del Banco de México y de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

Qué datos guarda

La información que integra su base de datos es la referente a la cartera vencida u operaciones crediticias fraudulentas, y es aportada directamente por los usuarios: las entidades financieras, empresas comerciales (personas morales u organismos públicos distintos a las entidades financieras que realicen operaciones de crédito relacionadas con la venta de sus productos o la prestación de servicios, así como aquellas que administren o adquieran cartera vencida) y las Sofomes no reguladas.

Por otro lado, cuando el cliente realice el cumplimiento de una obligación, el usuario proporcionará al buró de crédito la información del pago correspondiente y la eliminación de la clave de prevención u observación pertinente, quien contará con un plazo de tres días hábiles para actualizar dicha situación en su base de datos.

Todos los historiales crediticios serán conservados al menos por cinco años.

¿Quién puede usarlo?

Solo los usuarios aludidos podrán acceder a las bases de datos, sin embargo, también será posible que las autoridades lo hagan, siempre que medie una providencia dictada en juicio por una autoridad judicial, incluso las provenientes de autoridades hacendarias, ya sea para efectos fiscales o del combate al blanqueo de capitales o financiamiento al terrorismo.

No obstante para que el buró de crédito proporcione información al usuario, deberá verificar que este cuenta con la autorización expresa del cliente mediante su firma autógrafa, y que además conste que tiene pleno conocimiento de la naturaleza y el alcance de la información de que se trata.

Lo anterior implica que las bases de datos solo son accesibles para los mismos que la alimentan: los usuarios. En ese entendido, no es un registro público en el cual se pueda verificar el historial crediticio de las personas, sino es un sistema compilado y administrado por una empresa privada.

¿Es una autoridad?

No, porque es una empresa privada, cuya finalidad es la de cooperar en la concentración de la información crediticia para el sector financiero.

Además, la naturaleza de la relación entre el buró de crédito y los clientes es de coordinación, es decir, horizontal, y no de supra a subordinación; toda vez que no está facultado para realizar actos unilaterales o coercitivos, pues su vínculo proviene de un tercero: el contrato celebrado entre el buró y el usuario.

Así las cosas, cuando se tenga un desacuerdo con el servicio prestado por el buró de crédito se deberá acudir a la Condusef o a la Procuraduría Federal del Consumidor.

¿Es malo estar en el buró?

No, pues cualquier persona que acceda a un crédito será incluido en él. Lo importante es mantener buenas referencias, porque la reputación ahí contenida será utilizada para que se califique si alguien es o no un buen candidato para otorgarle un crédito.