Nuevos trámites migratorios para la Alianza del Pacífico

Con esta reforma se permitirá a sus nacionales ingresar al país sin visa

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Por Aglaé Ordoñez

El 17 de mayo de 2016 se publicó en el DOF un acuerdo para reformar el artículo 26 de los Lineamientos y procedimientos migratorios relacionados con la internación al territorio nacional de extranjeros que no requieran de visa, destacando a los nacionales de los Estados miembros de la Alianza del Pacífico.

Este trámite será presentado por las personas extranjeras que pretendan ingresar al país como visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas, pero siempre que sean nacionales de países con los que México tenga acuerdos de supresión de visa o no sea requerida por una decisión unilateral o un compromiso asumido por nuestra nación.

Para acceder a ese beneficio, los solicitantes deberán acreditar su residencia permanente en alguno de los siguientes países:

  • Canadá
  • Estados unidos de América
  • Japón
  • Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y
  • los que sean miembros de la Alianza del Pacífico: Colombia, Chile y Perú

Dicha autorización de estancia tendrá una vigencia de 180 días naturales.

El acuerdo en comento entró en vigor desde el 18 de mayo de 2016, a excepción de lo aplicable para los países miembros de la Alianza del Pacífico que estará vigente hasta el 1o de julio de 2016.