Reserva comercial ¿cuál es su alcance?

¿Existe una limitación sobre el tipo de información que puede ser calificada secreta?

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El secreto industrial es toda información de aplicación industrial o comercial que guarde una persona física o moral con carácter confidencial, que le signifique obtener o mantener una ventaja competitiva frente a terceros en la realización de actividades económicas y respecto de la cual hubiesen adoptado los medios o sistemas suficientes para preservar su confidencialidad y el acceso restringido a la misma, según lo dispuesto por el artículo 82 de la Ley de la Propiedad Industrial (LPI).

Al respecto, el numeral 84 de la LPI señala que toda persona que guarde un secreto industrial podrá autorizar su uso a un tercero, quien tendrá la obligación de no divulgarlo por ningún medio.

La reserva para propagar la información se extiende a todo individuo que con motivo de su trabajo, empleo, cargo, puesto, desempeño de su profesión o relación de negocios tenga acceso a un secreto industrial, siempre que se le hubiese prevenido sobre su confidencialidad, debiendo abstenerse de revelarlo sin causa justificada y sin el consentimiento de quien guarde su confidencia (art. 85, LPI).

No obstante la importancia de esta figura, la LPI solo da una descripción genérica sobre lo que puede ser determinado como un secreto industrial, y no hace hincapié en sus notas distintivas.

Al respecto, el un criterio judicial de rubro SECRETO COMERCIAL. SUS CARACTERÍSTICAS, disponible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Tesis I.1o.A.E. 134 A (10a.), Tesis Aislada, Registro 2011574, abril de 2016, señala que la información sobre la actividad económica de una empresa es un secreto comercial que debe ser protegido, especialmente cuando su divulgación pueda causarle un perjuicio grave.

En ese sentido, cita como ejemplos a la información técnica y financiera, la relativa a los conocimientos técnicos de una empresa, los métodos de evaluación de costos, los secretos y procesos de producción, las fuentes de suministro, las cantidades producidas y vendidas, las cuotas de mercado, bases de datos de clientes y distribuidores, comercial y de ventas, estructura de costos y precios.

Bajo ese parámetro, no existe una limitación sobre el tipo de información que puede ser calificada secreta, ya que solo es necesario que tenga una aplicación comercial o industrial, se traduzca en una ventaja sobre los competidores y se mantenga restringida al público en general.