Carta invitación: soporte de una regularización

Es común que la autoridad envíe cartas invitación a los contribuyentes para exhortarlos a corregir su situación fiscal

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 .  (Foto: Getty)

La carta invitación no es un requerimiento formal en términos de la legislación fiscal; en la práctica se utiliza por la autoridad únicamente como recordatorio para estar al corriente de las obligaciones fiscales; y en el supuesto de que el contribuyente decidiera atenderla o no, no causaría un perjuicio.

Esta aclaración cobra importancia tratándose de aquellos casos de regularización de la mercancía por la que no se puede acreditar su legal importación, tenencia o estancia en el país; hipótesis en la que el pago de las multas dependerá de si la corrección es espontánea, o bien, si se efectúa una vez que la autoridad descubre la infracción durante el ejercicio de sus facultades de comprobación, en términos de la regla 2.5.2., de las Reglas Generales de Comercio Exterior 2016; luego entonces si regulariza la mercancía.

Respecto a los actos de fiscalización, entre ellos, el procedimiento administrativo en materia aduanera (PAMA), las revisiones de gabinete o las visitas domiciliarias, los requerimientos implican una solicitud formal de exhibir la documentación correspondiente para acreditar lalegal estancia o tenencia de las mercancías de procedencia extranjera. Estos procedimientoscontemplan una etapa de pruebas y alegatos para desvirtuar los hechos, inclusive determinación de créditos fiscales.

Entonces, si el contribuyente atiende a la regularización de la mercancía con base en la carta de invitación, se entiende que se está autocorrigiendo y no procede la aplicación de las multas.