Registro de avisos de testamento ¿para qué?

Es de utilidad en caso de que alguien esconda o haga perdidizo indebidamente el testamento

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Redacción

Por Estefanía Camacho

El Registro Nacional de Avisos de Testamento (RENAT) es una base de datos nacional con la información de las disposiciones testamentarias otorgadas desde enero de 1995 en adelante. Recibe, concentra y procesa información remitida de los Estados sobre los testamentos que se hayan otorgado y a qué instancia.

Se trata de la implementación de un Formato Único de Aviso de Testamento que reúne los datos necesarios para identificar un testamento dentro de la base de datos del RENAT, ello toda vez que la información aportada en los avisos de testamento no era contemplada por la legislación en algunas entidades.

“Esto es útil, porque busca tener la transparencia necesaria en los casos de la movilidad de la gente. Es común que una persona tenga que mudar su residencia a diferente lugar y el testamento lo haya otorgado en otra entidad. Sirve para el momento en que se está tramitando la sucesión de una persona, el notario o el juez que tramita, tiene que tener informe de esta plataforma de forma que siempre se va a conocer cuál es motivo del testamento otorgado, independientemente de que ya no se encuentre residiendo en donde se otorgó”, explica el Presidente del Colegio Nacional del Notariado Mexicano, Héctor Galeano Inclán.

El objetivo fue superar la dispersión de información e identificar plenamente al autor de un testamento, así como para facilitar la búsqueda de una disposición testamentaria en la base de datos nacional.

En 2012 tan solo se dio un total de avisos de testamento por 4 millones 842,992 y la Ciudad de México, Chihuahua, Guanajuato, Jalisco, Estado de México Sonora y Veracruz fueron los estados que más testamentos registraron.

El RENAT también es de utilidad en caso de que alguien esconda o haga perdidizo indebidamente el testamento y los bienes heredados no se repartan, ya que podrán consultar esta base y deberá aparecer la matriz o una reproducción del documento original.

“No sirve de nada que alguien indebidamente esconda o haga perdidizo el testamento y crea que puede tener algún derecho. Tarde o temprano se hará pública la existencia del testamento independientemente de la matricidad que otorga el instrumento que permanece en el paso del tiempo”,  comentó el notario.

Así, se puede expedir cuantas reproducciones se requieran del testamento original, independientemente de dónde se conserve la matriz,  que será conservada por el notario y en los archivos, para que sea un registro perenne.

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