Aplicación de logotipo: hecho en México

Aplicación de logotipo: hecho en México

.
 .  (Foto: IDC online)

En los empaques de los productos que fabricamos se utiliza el logotipo de "Hecho en México", de conformidad con la norma mexicana NMX-Z-009-1978. En virtud de que cambié de impresor, éste me señaló que debo usar el nuevo logotipo, de lo contrario es posible que tenga problemas. ¿Es correcto No es necesario que sus productos ostenten el nuevo logotipo, ya que el artículo tercero transitorio del Acuerdo por el que se dan a conocer los logotipos ?Hecho en México?, publicado el 26 de abril de 2004 en el Diario Ofi cial de la Federación, dispone: ?Todos aquellos productos que a la fecha de entrada en vigor del presente Acuerdo ostenten el logotipo establecido en la Norma Mexicana NMX-Z-009-1978, Emblema denominado ?HECHO EN MEXICO?, podrán continuar con el uso del mismo, quedando a salvo sus derechos, pudiendo acogerse en todo momento a los beneficios que el presente Acuerdo pudiera otorgarles.?

Asimismo, en caso de que desee cambiar al nuevo logotipo, deberá cumplir con las especificaciones establecidas en el ?Pliego de condiciones para el emblema HECHO EN MEXICO?, en donde se establece: Las micro, pequeñas y medianas em-presas, las Cámaras Empresariales y/o sus Confederaciones, las asociaciones o sociedades civiles y las organizaciones empresariales legalmente constituidas podrán solicitar directa-mente ante la Secretaría de Economía (SE), a través de las Delegaciones, Subdelegaciones y Oficinas de Servicios o la Dirección General de Normas, la celebración del contrato de licencia de uso de los logotipos denominados ?HECHO EN MÉXICO?; para ello, los interesados deberán adjuntar a su escrito de solicitud, copia simple de los siguientes documentos:

  • instrumento legal mediante el cual se acredite su constitución;
  • identificación oficial con fotografía de su representante legal;
  • instrumento que acredite las facultades de su representante legal;
  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC);
  • constancia de registro ante el Sistema de Información Empresarial Mexicano, o declaración anual de impuestos, y
  • relación de los productos en los que se ostentaran los logotipos ?HECHO EN MEXICO?.

En caso de tratarse de particulares que tributen bajo el esquema de ?persona física con actividad empresarial? podrán solicitar la autorización de uso de los logotipos denominados ?HECHO EN MÉXICO?, debiendo adjuntar a su escrito de solicitud, copia simple de:

  • constancia de alta al RFC;
  • declaración anual de impuestos;
  • identificación oficial con fotografía, y
  • relación de los productos en los que se ostentaran los logotipos ?HECHO EN MEXICO?.

La SE resolverá las solicitudes de licencia de uso de logotipos, en un plazo no mayor de 10 hábiles contados a partir de la fecha de recepción de cada solicitud.