Nombramiento de gerentes ¿obligatorio?

Nombramiento de gerentes ¿obligatorio?

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 .  (Foto: IDC online)

Dentro del organigrama de directivos y ejecutivos de la empresa no se previó el nombramiento de gerentes, por lo que uno de nuestros asesores nos comentó que estamos obligados a hacerlo. ¿Esto es cierto El artículo 145 de la Ley General de Sociedades Mercantiles dispone que la asamblea general de accionistas, el consejo de administración o el administrador único podrán nombrar uno o varios gerentes generales o especiales, sean o no accionistas.

 

Por lo anterior, si la asamblea de accionistas, como órgano supremo de la sociedad, o el órgano de administración de la misma establecen la existencia de uno o varios gerentes, éstos deberán ser designados de acuerdo con los estatutos sociales de la empresa, o bien, a potestad de los referidos órganos, toda vez que no hay legislación alguna que disponga su existencia y/o nombramiento como obligatorio.