Transformación de acciones ordinarias

Transformación de acciones ordinarias

.
 .  (Foto: IDC online)

Uno de los accionistas de una sociedad anónima pretende transmitir las acciones de que es titular a través de una donación. Adicionalmente, por estrategia, desea modificar los derechos tanto corporativos como patrimoniales de que gozan las mismas, transformándolas a acciones de voto limitado, sin otorgarles el derecho del pago de un dividendo preferencial como lo dispone la ley. ¿Es posible realizarlo

Para realizar lo planteado en su consulta será necesario realizar una asamblea general extraordinaria en la cual se acuerde modificar el carácter de acciones ordinarias a acciones de voto limitado, a aquéllas que se desean transmitir, cuidando de conservar las que representen el mínimo del capital social requerido para las sociedades anónimas.

Asimismo en dicha asamblea deberá precisarse cuáles son los derechos corporativos que se conferirán a los titulares de acciones de voto limitado, y en su caso, qué tipo de derechos patrimoniales se les concede. Lo anterior, en virtud de que el artículo 113 de la Ley General de Sociedades Mercantiles no exige otorgar, a los tenedores de esta clase de acciones, el pago preferente de dividendos, y preverlo de tal forma no es contrario a la ley.