¿Hospitales certificados?

La Certificación de Establecimientos de Atención Médica podrá obtenerla sólo si cumplió con los requisitos y contar con licencia sanitaria

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 .  (Foto: IDC online)

Tenemos una clínica de carácter privado que presta servicios médicos infantiles. Recientemente por comentarios de algunos de los socios parece ser que es factible que la clínica obtenga un documento que lo certifique por sus servicios. ¿Es procedente?

Sí. Anteriormente fue a través del Programa Nacional de Certificación de Hospitales (ahora Sistema Nacional de Certificación de Establecimientos de Atención Médica ?SNCEAM?) vigente desde enero de 1999, que se otorgaba el certificado el cual tiene por objeto elevar el nivel de la salud y garantizar un trato adecuado a los pacientes y mantener ventajas competitivas para alcanzar, sostener y mejorar su posición en el entorno; a partir de junio de 2008, desde la publicación del ?Acuerdo para el desarrollo y funcionamiento del SNCEAM?, es el Consejo de Salubridad General, a través de la Comisión para la Certificación de Establecimientos de Servicios de Salud, quien lo otorga.

Para ello es necesario contar con una ?Solicitud de Inscripción para Establecimientos de Atención Médica Hospitalaria. El proceso para obtener la certificación está compuesto de las siguientes fases que evalúan el cumplimiento de estándares de calidad en la estructura, procesos y resultados:

  • inscripción y autoevaluación, que incluye la inscripción al SNCEAM y la autoevaluación de estándares de estructura, a través de la cual se revisan los requisitos mínimos obligatorios (previstos en la normatividad vigente) de infraestructura, equipamiento y recursos humanos, agrupados en: indispensables, necesarios y convenientes. Para poder acceder a la fase de auditoría de procesos y resultados, se deberán haber cumplido el 100% de los estándares ponderados como ?indispensables?, el 80% o más de los ?necesarios? y el 50% o más de los ?convenientes?
  • auditoría, se lleva a cabo por medio de una auditoría a las funciones de atención al paciente, de apoyo a la atención, sistemas de información y estándares de estructura ponderados como indispensables para la prestación de servicios, con el propósito de determinar el apego a las Normas Oficiales Mexicanas vigentes y el control de procesos y resultados relacionados con el diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de los pacientes, así como la seguridad con que se han instrumentado los procesos de atención
  • dictamen, en esta fase la Comisión para la certificación de establecimientos de servicios de salud dictaminará a todos los establecimientos auditados

Para obtener la certificación, el establecimiento de atención médica deberá haber cumplido el 100% de los estándares de estructura ponderados como ?indispensables? y contar con licencia sanitaria vigente. En los estándares de procesos y resultados deberá haber obtenido una calificación global igual o mayor a 60%, y en forma particular, para el subcapítulo de ?funciones de atención al paciente? una calificación igual o mayor a 60%, para los subcapítulos de ?funciones de apoyo a la atención? y ?sistemas de información? una calificación igual o mayor a 50%, así como ningún criterio de ponderación denominado cinco calificado con cero.