Formalidades para venta de auto

Si realizará una enajenación de bienes muebles, deberá suscribir un contrato de compraventa, entre otras formalidades, conozca cuáles son

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 .  (Foto: IDC online)

La compañía va a vender algunos de sus vehículos, ¿qué se debe hacer para ello?

Al tratarse de la enajenación de bienes muebles, la operación respectiva no requerirá para su validez formalidad alguna especial, según reza el artículo 2316 del Código Civil para el Distrito Federal y el correspondiente en los Estados de la República Mexicana. A pesar de ello, se le sugiere siempre celebrar un contrato privado de compraventa en el cual se mencionen los datos básicos de las partes contratantes y del vehículo a enajenar, la fecha de celebración y el precio de venta pactado; ello a fin de poder soportar el acto jurídico por una futura controversia.

Asimismo, el propietario de un vehículo que transfiera su propiedad a otra persona, sea física o moral, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha del contrato debe realizar el trámite de ?Aviso de Venta de Vehículo de Uso Particular? ante la ventanilla de la Secretaría de Transporte y Vialidad en la delegación política que le corresponda, a fin de quedar liberado de cualquier responsabilidad. Para ello es menester presentar, en copia y original para cotejo:

  • formato VVP-01, debidamente requisitado         
  • carta responsiva o contrato de compra-venta
  • identificación oficial vigente del vendedor y del comprador, tales como: credencial para votar con fotografía, cartilla militar, pasaporte, licencia de conducir, cedula profesional o credencial oficial expedida por la autoridad competente
  • copias de la factura y la tarjeta de circulación
  • En caso de que el vendedor sea persona moral, se exhibirán los siguientes documentos:
  • acta constitutiva o cédula fiscal de la empresa
  • carta poder e identificación del propietario y de quien realiza el trámite
  • La realización de este trámite no exime al adquirente de realizar el cambio de propietario respectivo.