Fusión ¿sin transmitir acciones?

En un fusión no es posible que no se transmita el capital que conforma las acciones, conozca el porqué

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 .  (Foto: IDC online)

En la compañía se está estudiando la posibilidad de fusionarse con otra empresa, pero a pesar de tener el deseo de transmitir los derechos y obligaciones adquiridos por la misma, los accionistas no quieren ceder su tenencia accionaria. ¿Es posible efectuar la fusión de esa manera dado que la ley nada dice al respecto?

No, pues aunque la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) en ninguno de sus artículos ni aun en el Capítulo que regula la fusión expresamente establece que implica la transmisión de todos sus activos y pasivos, incluyendo las acciones, es evidente que la fusión es ?la integración de varias empresas en una sola entidad?, y una empresa se conforma por activos y pasivos, derechos y obligaciones, incorporando las referidas acciones.

Asimismo, doctrinariamente se ha considerado como fusión a la reunión de dos o más:

  • sociedades distintas, con diferentes potenciales económicos, comerciales y de mercado, para constituir una sola
  • patrimonios sociales, cuyos titulares desaparecen para dar nacimiento a uno nuevo, o cuando sobrevive un titular éste absorbe el patrimonio de todos y cada uno de los demás.

Adicionalmente, al efectuar el acuerdo de fusión, el artículo 223 de la LGSM dispone que las sociedades que se fusionen deben publicar su último balance, que se conforma por activos, pasivos y capital contable (integrado por el capital ganado y contribuido, que es el aportado por los accionistas), ello con el fin de dar a conocer a todos sus acreedores y fusionante, en su caso, su situación financiera, sin desincorpórar ningún elemento.

Por lo tanto, no es posible que en la fusión no se transmita el capital que conforma las acciones.