Socio ¿pariente y comisario?

Un socio no podrá ser comisario si es pariente consaguíneo del administrador, ya que lo prohíbe la Ley de Sociedades Mercantiles

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 .  (Foto: IDC online)

Estamos por designar a losnuevos integrantes del órgano de administración y vigilancia, y deseamos queeste último lo ocupe uno de los socios de la empresa, quien es  hermano de otro de ellos, que esadministrador. ¿Esta en posibilidad de ocupar dicho cargo?

No, pues si bien elartículo 164 de la LGSMexpresamente prescribe que la vigilancia de la sociedad podrán ejercitarla lossocios de la misma, la fracción III, del artículo 165 de la referida Ley impidea los parientes consanguíneos de los administradores, en línea recta sinlimitación de grado, los colaterales dentro del cuarto y los afines dentro delsegundo, a ser comisarios.

Por lo tanto, aunquela persona que mencionan en su consulta también sea accionista de la compañía,al ser hermano del administrador, por ende pariente consanguíneo, no podrá ser comisario.