Pago de contrato de compraventa

Pago de contrato de compraventa

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 .  (Foto: IDC online)

Forma de pago en contrato de compraventa ¿obligatoria

Vamos a formalizar ante fedatario público la compraventa de ciertos muebles de la compañía, quien nos indica que debemos modificar nuestro contrato al haber omitido la forma de pago del precio. ¿Nos podrían indicar el artículo correspondiente del Código de Comercio que nos obliga a ello

Consideramos que es innecesaria la modificación respectiva, considerando que el artículo 380 del Código de Comercio aplicable a estas operaciones, establece: "El comprador deberá pagar el precio de las mercancías que se le hayan vendido en los términos y plazos convenidos. A falta de convenio, lo deberá pagar de contado." Por supuesto, lo recomendable es estipular claramente en el documento: costo de los bienes, plazos y formas de pago, para casos de controversia.