Formas migratorias: plazo de vigencia

Formas migratorias: plazo de vigencia

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 .  (Foto: IDC online)

Varios de los accionistas de la compañía son extranjeros y entraron al país como inversionistas. Uno de ellos quien ostenta el carácter de administrador único, al realizar algunos trámites ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y presentar su identificación y acreditar su legal estancia en el país, le comentaron que su forma migratoria ya había vencido, por ello nos surgió la duda de si, ¿las formas migratorias tienen plazo de vigencia

Sí, en todas las formas migratorias existe un espacio específico en el que la Secretaría de Gobernación, a través del Instituto Nacional de Migración, otorga:

  • el plazo, determinado en número de días, en el que se permitirá al extranjero permanecer legalmente en el país;
  • la calidad y característica migratoria, y
  • la fecha, por día, mes y año, de extinción del permiso por el que se le permitió al extranjero permanecer legalmente en México.

Por lo tanto, es necesario revisar cada una las formas migratorias otorgadas a los accionistas de la empresa, a fin de comprobar la vigencia de cada uno de sus permisos de estancia en el país, y acudir ante la autoridad competente para, en su caso, prorrogarlas.