Información para padrón de extranjeros

Información para padrón de extranjeros

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 .  (Foto: IDC online)

Recientemente recibimos un escrito del Instituto Nacional de Migración, a través del cual nos requieren actualizar los datos relativos al número de trabajadores extranjeros que laboran en la empresa y sus sucursales, así como los documentos que avalen la existencia legal de la misma, entre los cuales solicitaron el documento que ampara nuestra inscripción a la cámara empresarial correspondiente. ¿Están facultados para hacer dicho requerimiento

Según lo dispone el artículo 145 del Reglamento de la Ley General de Población, la autoridad migratoria integrará un padrón de personas físicas y morales que tengan bajo su responsabilidad o contraten personal extranjero, debiendo llevar un expediente básico para cada uno. El mencionado padrón contendrá lo siguiente:

  • acta constitutiva de la empresa, en su caso;
  • listado de personas autorizadas para realizar trámites ante el Instituto Nacional de Migración (INM), y
  • los elementos inherentes a la actividad que desarrollan

Asimismo, los datos relativos a: la última declaración de impuestos, y el listado del personal que labora en la empresa, señalando su nombre y nacionalidad, datos que se actualizarán en los períodos establecidos por el INM.

De lo anterior, se desprende que no deben requerir ningún elemento adicional a los mencionados, y menos aún el registro de la cámara a la cual están afiliados, el cual es un acto voluntario de la empresa respectiva (artículo17 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones).