Los socios comerciales de la empresa, quienes son extranjeros, pretenden constituir una sociedad anónima de capital variable. ¿Es posible que dicha sociedad quede integrada únicamente con accionistas extranjeros o forzosamente debe haber socios mexicanosEl artÃculo 4 de la Ley de Inversión Extranjera establece que la inversión extranjera podrá participar en cualquier proporción en el capital social de sociedades mexicanas, adquirir activos fijos, ingresar a nuevos campos de actividad económica o fabricar nuevas lÃneas de productos, abrir y operar establecimientos y ampliar o relocalizar los ya existentes, salvo que la actividad económica a efectuar se encuentre reservada de manera exclusiva al Estado, a mexicanos, o sociedades mexicanas con cláusula de exclusión de extranjeros, previstas en los artÃculos 5 y 6 de la citada ley. Asimismo, es posible que la inversión extranjera participe hasta en un 49% en las actividades económicas con regulación especÃfica, establecidas en los artÃculos 7, 8 y 9 la ley mencionada.
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