Comercialización de productos

Comercialización de productos

.
 .  (Foto: IDC online)

Autoridades de la Profeco acudieron a algunas de las sucursales de la empresa y prohibieron la comercialización de uno de los artículos que en ellas se expenden, por razones imputables al fabricante, y ello nos está causando pérdidas considerables. ¿Cómo podemos evitar esta prohibición

La prohibición de la comercialización se realiza cuando por medio de una verificación se detecta la falta de cumplimiento en las disposiciones jurídicas y normativas a que se encuentra obligado un producto o servicio, hasta en tanto se acondicionen, reprocesen, reparen o substituyan, como lo establece el artículo 57 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

En este sentido, deberá hacer del conocimiento del fabricante dicha situación y la razón por la que se está impidiendo vender el producto fabricado por él, a fin de que subsane la irregularidad respectiva.

En caso de ser subsanado el problema que provocó la prohibición de la comercialización del producto, deberá solicitar su levantamiento, a través de una ?Solicitud de levantamiento de medida Precautoria?, la cual deberá presentar ante el Centro de Trámites y Servicios Empresariales de la Profeco; posteriormente, después de haber efectuado el trámite, deberá presentarse cinco días hábiles posteriores al ingreso de la solicitud, a fin de conocer la respuesta de la autoridad.