Estamos por constituir una empresa integradora conforme al Decreto publicado en mayo de 1993 y modificado en mayo de 1995, y será designado como representante legal de la integradora una persona que también lo es de una de las integradas. Al ser el mismo representante ¿se está cometiendo algún ilícito, sobre todo de orden penal
La integradora y las integradas son personas morales distintas, con una personalidad jurídica diferente. En tal virtud cada una de ellas puede contar con el representante legal que así designe la Asamblea General, y el hecho de que una integrada tenga el mismo representante que la integradora no es en sí mismo una conducta delictiva, incluso no es una conducta prohibida por la ley.
En tal virtud, es menester la realización de otras conductas que pudiesen encuadrar en alguna simulación en perjuicio de un tercero para poder determinar si se está en presencia de la comisión de un delito.