Exhibición de títulos accionarios

Exhibición de títulos accionarios

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 .  (Foto: IDC online)
Próximamente se va a efectuar una asamblea de socios, pero en virtud de que la mayoría de ellos han actuado a través de representante legal no sabemos si para acreditar su calidad de socio debemos solicitarles forzosamente los títulos accionarios. ¿Existe obligación legal en este sentido

De acuerdo con los artículos 112, 113, 178, 181 y 182 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, los accionistas en una sociedad mercantil tienen derechos tanto patrimoniales como corporativos, entre los que se encuentran el derecho a participar en las asambleas de socios, órgano supremo de la sociedad, expresar su voluntad y emitir su voto para decidir respecto a los asuntos tratados en ellas, derechos que podrá ejercitar con la exhibición de los títulos accionarios, “títulos nominativos que sirven para acreditar y transmitir la calidad y los derechos de socio”, según lo dispuesto en el artículo 111 de la citada ley, lo que se confirma con el siguiente criterio:

ACCIONISTA. MEDIOS DE PRUEBA PARA ACREDITAR ESE CARÁCTER. De acuerdo con el artículo 111 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, las acciones en que se divide el capital de una sociedad mercantil están representadas por títulos y sirven para acreditar la calidad y los derechos de los socios, de lo que se desprende que los medios para que una persona acredite su calidad de socio cuando ejerce un derecho, es con la presentación de los títulos respectivos, ya sea la propia acción o bien el certificado provisional, porque éstos, independientemente de la naturaleza de la instancia que se funda en dicho carácter, son constitutivos del derecho que se pretende hacer valer.

Amparo en revisión 600/96. Luis Ángel Vidal Herrera. 12 de febrero de 1997. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Humberto Román Palacios, previo aviso a la Presidencia. Hizo suyo el asunto el Ministro José de Jesús Gudiño Pelayo. Ponente: Humberto Román Palacios. Secretario: Tereso Ramos Hernández.
Amparo en revisión 453/96. Orlando José Solís Díaz. 25 de septiembre de 1996. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo, previo aviso a la Presidencia. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Secretario: Marco Antonio Rodríguez Barajas.
Amparo en revisión 599/96. Ricardo Muñoz Ceballos y otros. 21 de agosto de 1996. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José de Jesús Gudiño Pelayo, previo aviso a la Presidencia. Hizo suyo el asunto la Ministra Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Ponente: José de Jesús Gudiño Pelayo. Secretario: Mario Flores García.
Amparo directo 2634/84. Raúl Chávez Castro y otros. 12 de junio de 1985. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Ernesto Díaz Infante. Secretaria: Alma Leal Treviño.

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Instancia: Primera Sala, Tomo V, abril de 1997, Tesis: 1a. XIII/97, pág. 41.

En virtud de lo antes mencionado, para acreditar la calidad de socios siempre será necesaria la exhibición de los títulos nominativos que otorgan el derecho a participar en la asamblea y a emitir el voto correspondiente.