Operaciones en medios electrónicos

Operaciones en medios electrónicos

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 .  (Foto: IDC online)

Actualmente varias de las empresas del grupo han formalizado diversas operaciones y contratos vía fax, o correo electrónico. A fin de que posteriormente no tengamos ningún tipo de problema respecto de la validez de dichos actos ¿de que manera deberá acreditarse el consentimiento en éstos

El 29 de mayo de 2000 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación reformas relevantes al Código Civil Federal, y al Código de Comercio en materia de uso de medios electrónicos, entre las que destaca el reconocimiento de la expresión del consentimiento manifestado a través de medios electrónicos, cualquier medio óptico, o cualquier tecnología, lo cual quedó previsto en el artículo 1803 del Código Civil Federal. Asimismo, en el Código de Comercio se establecieron diversas disposiciones, señalándose expresamente en el artículo 80, que los contratos y convenios quedan perfeccionados cuando el emisor del mensaje de datos recibe la contestación de la aceptación a su oferta, a través de un acuse de recibo, observando las formalidades que para ello disponen los artículos 91 y 92 del mismo Código.