Arbitraje comercial internacional

Arbitraje comercial internacional

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 .  (Foto: IDC online)

Arbitraje

El arbitraje es un procedimiento extrajudicial y voluntario de resolución de conflictos en el que se encomienda a un tercero independiente e imparcial (el árbitro), la emisión de un dictamen sobre una controversia, que las partes se comprometen a cumplir, y tiene como finalidad atender y resolver con carácter vinculante y ejecutivo, en relación con sus derechos legalmente reconocidos.

Las partes confieren al árbitro la autoridad necesaria para la valoración del fondo del asunto en litigio y la emisión de un laudo arbitral que ponga fin al mismo y acatan el cumplimiento del fallo, que adquiere de esta forma un carácter obligatorio.

Arbitraje comercial internacional

Las partes que participan en la concertación de transacciones internacionales, deben ser advertidas por sus abogados o asesores que ante eventuales desavenencias pueden ser forzadas a litigar ante una jurisdicción o bajo una ley que no les resulte familiar, en un idioma extranjero, con procedimientos llevados a cabo lejos del centro de sus actividades y conducidos por abogados de otros países.

Las empresas de hoy en día, bajo ciertas circunstancias y debidamente asesoradas, sabrán inclinarse por la modalidad que les ofrezca mayor seguridad, indicándoles la conveniencia, para los operadores del comercio internacional, de acordar el método de resolución de las diferencias ajustado a sus necesidades, que como ?traje a la medida? les permita lograr una buena solución. Por tanto, el ejercicio de la autonomía de la voluntad puede conducirlas a elegir una vía alternativa, de eficacia probada, y en expansión en el ámbito de los negocios internacionales, como es el arbitraje comercial internacional.

De acuerdo con los tratadistas y expertos en la materia, el arbitraje comercial internacional constituye la alternativa válida por excelencia en el campo de las transacciones internacionales.

El arbitraje se caracteriza por la ausencia de rigorismos procesales, por la búsqueda de la celeridad en los resultados, por la idoneidad de quienes reciben la delicada misión de decidir;  en el plano internacional poseen una virtud adicional al constituir la vía de solución de las disputas, toda vez que las partes tratan de impedir verse sometidas a los tribunales estatales, sintiéndose inclinadas a resolver sus diferencias mediante el acatamiento de la decisión de personas de su elección, estar asistidas por abogados conocidos que hablen el mismo idioma, evitando enfrentar los trámites y gastos excesivos, y lo que es muy importante, aliviando la sobrecarga de las molestas jurisdicciones estatales que en casi todos los países del mundo se han recrudecido las circunstancias por las que atraviesan, tales como el estancamiento, retroceso, insuficiencia, ineficiencia, o disfuncionalidad, situación que impiden el acceso efectivo a la justicia.

Por estas razones, se ha reavivado el interés en la búsqueda de otras vías alternativas de solución de las controversias, destacando el arbitraje comercial internacional.

Características benéficas del arbitraje comercial internacional

Las principales características y beneficios que llevan a las empresas a decidir por un arbitraje son: 

 

Característica Beneficios
Neutralidad Posibilita a las partes a elegir un foro neutral para resolver la controversia, de manera que en sus operaciones comerciales internacionales las desavenencias presentadas podrán ser resueltas en un ambiente equilibrado, decisión que contribuirá a arribar a la mejor solución
Confidencialidad La confidencialidad implica que las partes no ventilen públicamente sus conflictos y así conservar su prestigio comercial, además en algunas materias como en el área de la tecnología y la propiedad intelectual, mediante la recurrencia al arbitraje, puedan proteger de mejor manera los secretos, fórmulas, inventos, diseños industriales, y ciertos conocimientos tecnológicos que pueden percibir como más vulnerables en otros ámbitos.El arbitraje comercial internacional, por sus especiales características se encuentra en óptimas condiciones para ofrecerles un ambiente de confidencialidad, de plena seguridad
Flexibilidad En virtud de que el arbitraje comercial internacional es una de las modalidades de resolución de las disputas dotada de flexibilidad para desenvolverse satisfactoriamente en el área de los negocios internacionales, les permite a las partes, en ejercicio de la autonomía de la voluntad, elegir el tipo de arbitraje que prefieran, sea ad hoc o institucionalizado, y a quienes en su calidad de árbitros serán los encargados de decidir las diferencias; así como también el procedimiento, el lenguaje en que se desarrollarán las instancias, la sede del arbitraje y el derecho sustantivo a aplicar para resolver la disputa
Autonomía de la voluntad de las partes El arbitraje permite el pleno ejercicio de la autonomía de la voluntad de las partes, la cual abarca entre otras posibilidades, la elección de la modalidad, sede, derecho procesal y derecho sustantivo aplicable
Especialización de los árbitros A diferencia de lo que ocurre en los sistemas judiciales nacionales, en los que no está permitido que las partes puedan elegir a los jueces, el arbitraje comercial internacional ofrece a las partes la posibilidad de nombrar árbitros a las personas que deseen, siempre y cuando reúnan el requisito de la independencia. De esta manera, las controversias podrán ser resueltas por especialistas en la materia objeto del litigio
Rapidez y economía El arbitraje es más rápido y menos oneroso que un procedimiento judicial. Incluso cuando la resolución de una controversia internacional compleja exija, a veces, mucho tiempo y dinero, el carácter limitado de la posibilidad de recurrir los laudos arbitrales proporciona una ventaja innegable al arbitraje frente a los procedimientos judiciales ordinarios. Las partes gozan de la ventaja de no tener que actuar en diversas instancias, siempre largas y costosas. El arbitraje les permite elegir los procedimientos más rápidos y menos onerosos que las circunstancias permitan
Decisiones definitivas y vinculantesa Los laudos arbitrales no son apelables y por ello tienen más posibilidades de ser definitivos que las decisiones de los tribunales de primera instancia
Reconocimiento internacional de los laudos El reconocimiento internacional de los laudos arbitrales goza de mejor seguridad que las decisiones judiciales nacionales. Unos 120 Estados se han adherido a la Convención de las Naciones Unidas de 1958 para el reconocimiento y la ejecución de laudos arbitrales extranjeros, llamada "Convención de Nueva York". Esta Convención facilita la ejecución de los laudos arbitrales en todos los países firmantes. Existen además otros convenios multilaterales o bilaterales de los que derivan efectos similares

Modalidades del arbitraje comercial internacional: ad hoc o institucionalizado

La modalidad de arbitraje conveniente para las partes será aquella que se adapte a la naturaleza del conflicto y al nivel de las relaciones entre las partes, por ello podrán optar por un arbitraje ad hoc o institucionalizado.

La principal ventaja del arbitraje ad hoc consiste en su facilidad de adaptación a los deseos de las partes como a las características especiales de cada controversia, sin olvidar que para maximizar este beneficio, resulta imprescindible contar con la cooperación tanto de las partes como la de sus abogados; establecidas las reglas e instalado el tribunal arbitral, el arbitraje puede alcanzar la fluidez adecuada, constituyéndose en un ?traje a la medida? para quienes lo eligen.

El arbitraje institucionalizado, también llamado administrado, tiene como mayor beneficio el de ofrecer un reglamento previamente elaborado por una institución administradora de arbitraje, por ello, su incorporación en el procedimiento arbitral resulta automática. El optar por un arbitraje institucionalizado es una ventaja, ya que tiende a facilitar el desenvolvimiento del arbitraje, porque la institución arbitral suele ofrecer normas, y una variedad de modelos de cláusulas tipo que pudieran incorporarse en los contratos de los negocios internacionales; así como personal de apoyo capacitado para administrar el arbitraje.

Consideraciones de los expertos en materia de arbitraje comercial internacional

Por lo que hasta ahora se ha expresado, dos expertos en materia de arbitraje comercial internacional, dieron a IDC, Seguridad Jurídico Fiscal en exclusiva, su opinión respecto de la eficacia al optar por la resolución de controversias a través del arbitraje comercial internacional, así como responder a algunos de los cuestionamientos planteados a este servicio de consultoría empresarial:

DR. LEONEL PEREZNIETO CASTRO, CONSEJERO DEL DESPACHO, VON WOBESER & SIERRA, S.C. ARBITRO INTERNACIONAL DE LA AMERICAN ARBITRATION ASSOCIATION; MIEMBRO DE LA COMISIÓN MEXICANA DE ARBITRAJE DE LA CÁMARA DE COMERCIO INTERNACIONAL, DE LA LONDON COURT OF INTERNATIONAL ARBITRATORS Y DEL CHARTERED INSTITUTE OF ARBITRATORS, ENTRE OTROS.

¿En qué tipo de contratos u operaciones se recomienda pactar una cláusula arbitral?

En todos los contratos. Sin embargo, debe considerarse que en los contratos de montos pequeños o medianos es recomendable acordar en la cláusula arbitral reglas de arbitraje de instituciones mexicanas, principalmente por el costo.

¿Qué tan eficaz es el procedimiento arbitral en relación con el procedimiento judicial?

Bastante más eficaz, por las siguientes razones, la:

  • especialidad de los árbitros en el asunto de que se trata;
  • rapidez del procedimiento y su solución, y
  • confianza de las partes en el momento de elegir tanto a la institución administradora, como a la persona de los árbitros.

¿Cuál es la eficacia de las resoluciones emitidas en el laudo arbitral en cuanto a su ejecución?

En el derecho mexicano la eficacia tiende a incrementarse en la medida en que los jueces mexicanos entienden mejor al arbitraje, y por lo tanto otorgan el reconocimiento al laudo. En el caso de los laudos provenientes del extranjero, éstos se envían directamente vía tratado internacional: la Convención de Nueva York (Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras).

Cuando las partes se someten al arbitraje comercial ¿éstas además pueden someter el conflicto a un tribunal judicial?Definitivamente no; son fórmulas excluyentes.

Ante la pluralidad de instituciones administradoras de arbitraje ¿qué debe considerar el empresario para seleccionar a la institución idónea en caso de arbitraje?

Debe considerar el monto de su operación y la especialidad del negocio, y especialmente el lugar donde el laudo debe ser ejecutado.

¿En qué tipo de contratos u operaciones se recomienda pactar una cláusula arbitral?

En contratos:

  • mercantiles que tengan una complejidad en donde el conocimiento especializado sea importante en quién va a juzgar;
  • mercantiles cuyas controversias puedan exceder un monto de $500,000.00 dólares, y
  • donde intervengan partes de distintas nacionalidades e incluso de distintas regiones dentro de un país para evitar regionalismo judicial.
¿Qué tan eficaz es el procedimiento arbitral en relación con el procedimiento judicial?

Es mucho más eficaz, puesto que prescinde de formalidades y los árbitros están más dispuestos a recibir pruebas con menos trabas y dificultades que en el procedimiento judicial.

También evitan maniobras dilatorias con más agilidad que los jueces; y puede decirse que la resolución es en una sola instancia y no es revisable.

¿Cuál es la eficacia de las resoluciones emitidas en el laudo arbitral en cuanto a su ejecución?

Son prácticamente cosa juzgada en cuanto al fondo, pero tiene que llevarse el procedimiento de ejecución para que se puedan exigir coactivamente, que está planeado como un procedimiento breve.

El principal problema es que en contra de la resolución en ese procedimiento procede el amparo bi-instancial.

Cuando las partes se someten al arbitraje comercial ¿éstas pueden además someter el conflicto a un tribunal judicial?

Lo hacen en la vida real, pero acarrea múltiples conflictos. No se debe hacer.

Ante la pluralidad de instituciones administradoras de arbitraje ¿qué debe considerar el empresario para seleccionar a la institución idónea en caso de arbitraje?

Deben aplicarse las siguientes reglas:

  • si el arbitraje es nacional, debe seleccionarse una institución nacional;
  • si el arbitraje es internacional es aconsejable seleccionar una institución internacional, y
  • se debe buscar una institución prestigiada, como en México la Cámara Nacional de Comercio (CANACO), Cámara de Arbitraje de México (CAM), o en el extranjero la Cámara de Comercio Internacional (CCI), la American Arbitration Association (AAA), o alguna otra de ese nivel.
Sectores que con frecuencia utilizan el arbitraje

  • Comerciantes, las disputas comerciales surgen diariamente en las relaciones comerciales, relaciones que están regidas por contratos. Con el uso del arbitraje comercial los comerciantes pueden ver disminuidos sus riesgos de llevar a juicio sus disputas comerciales, por lo que estarán más dispuestos a entrar en negociaciones comerciales;
  • industria de la construcción, esta es un área en la que el arbitraje es muy utilizado;
  • comercio internacional, son numerosas las empresas internacionales que incorporan cláusulas arbitrales en sus contratos de operaciones internacionales, a fin de evitar el litigio en jurisdicciones extranjeras. Existen tanto convenios como tratados internacionales que permiten el uso extensivo del arbitraje en la solución de conflictos comerciales, garantizando la aplicación en territorio nacional de las resoluciones
    ?laudos? arbitrales extranjeros;
  • asociaciones de profesionales y otros gremios, son diversas las asociaciones profesionales que fomentan el procedimiento arbitral para la solución de conflictos de sus asociados;
  • sector financiero, los contratos financieros, en caso de presentarse controversias entre las partes, requieren de soluciones rápidas y al mínimo costo posible. Esto permite que el capital gire constantemente. El arbitraje comercial otorga a los gerentes de empresas financieras la posibilidad de minimizar sus costos operativos acumulados por pleitos judiciales. Es común hoy día, la inclusión de cláusulas arbitrales en la mayoría de los contratos bancarios.
Conclusiones
Resulta necesario alentar una protección accesible, plural y heterógenea que permita a los particulares elegir entre las diversas opciones disponibles para la solución de controversias.

Para la solución de los conflictos entre partes, es indispensable contemplar los mecanismos que permitan arribar a soluciones que contribuyan a la futura interacción y efectiva reanudación de las relaciones existentes antes de presentarse la controversia.

El arbitraje comercial internacional en materia de negocios internacionales, se ha consagrado paulatina pero firmemente, como un medio eficazmente apto para resolver los litigios.

El arbitraje comercial internacional no solamente puede resultar el más rápido, menos costoso, más confidencial, más flexible, y ofrecer mayor libertad entre los métodos para resolver las controversias, sino que también es la figura más empleada en el área del comercio internacional.

Las partes y sus asesores en las transacciones internacionales, deberían realizar esfuerzos para conocer y así poder reclamar y recomendar el empleo de una prestigiosa institución, que consagrada desde los albores de la historia, permanece brindándose en bandeja de plata para quienes quieran probar sus innegables beneficios.