El Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Obras públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, fue publicado en el DOF del 29 de noviembre, del cual se comentan los aspectos más importantes aplicables a los contratistas de obras a realizar por dependencias y entidades federales.
Disposiciones generales
CONTENIDO DE LAS POLÍTICAS, BASES Y LINEAMIENTOS
(Art. 3o, fracs. VIII a XVII, Adición)
Deberán contener:
- los criterios y condiciones para el ejercicio de la excepción del otorgamiento de la garantía de cumplimiento;
- los procedimientos para la devolución o destrucción de las propuestas;
- los criterios para la adjudicación de los contratos cuando dos o más proposiciones sean solventes;
- el tratamiento que se le dará a los estudios, planes y programas presentados por los particulares, a efecto de determinar si los mismos resultan viables, y en su caso, la posibilidad de considerarlos dentro de sus programas de obras;
- la forma de integración del registro permanente de contratistas de la convocante;
- el señalamiento de los cargos de los servidores públicos responsables de la cancelación de los procedimientos de contratación, y de ordenar la suspensión de los trabajos, así como de la terminación anticipada o rescisión de los contratos, y
- las condiciones de pago a contratistas, entre las que invariablemente la dependencia o entidad deberá dar al contratista la opción de pago a través de medios electrónicos.
Asimismo, por estas reformas se obliga a las dependencias y entidades a divulgar y mantener en forma permanente y actualizada en sus páginas de Internet, las políticas, bases y lineamientos referidos.
PROPOSICIONES REALIZADAS A TRAVÉS DE MEDIOS ELECTRÓNICOS(Art. 4o, segundo párrafo, Adición)
En las licitaciones donde se empleen medios de comunicación electrónica, las áreas convocantes se abstendrán de pedir documentación o requisitos que inhiban o imposibiliten la participación a través de medios electrónicos, así como aquélla que ya hubiere sido entregada al momento de la obtención de su certificación electrónica.
Licitación pública
TÉRMINO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA
(Art. 18, Reforma)
La licitación pública inicia con la publicación de la convocatoria en el DOF, y en el caso de invitación a cuando menos tres personas, con la entrega de la primera invitación a los licitantes; ambas concluyen con la firma del contrato, antes establecía su conclusión con el fallo.
MODIFICACIONES A LA CONVOCATORIA O DEL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
(Art. 18, Reforma)
Cualquier modificación a la convocatoria tendrá que publicarse tanto en el DOF como en los demás medios utilizados para su difusión.
Si derivado de la junta de aclaraciones se modifica la fecha, hora y lugar de celebración del acto de presentación y apertura de proposiciones, su publicación no será necesaria, debiéndose modificar igualmente el período de venta de bases que se hará hasta el sexto día natural previo a la nueva fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones.
PLAZOS EN LICITACIONES PÚBLICAS INTERNACIONALES
(Art. 18 A, Adición)
En el caso de las licitaciones públicas internacionales sujetas a las disposiciones de los tratados, el plazo entre la publicación de la convocatoria y el acto de presentación y apertura de proposiciones, no podrá ser inferior a 40 días naturales, salvo en los casos de urgencia debidamente justificados por el titular del área solicitante de los trabajos y autorizados por el titular del área responsable de la contratación, en los cuales podrá reducirse a no menos de 10 días naturales.
El día de publicación de la convocatoria será el primer día para el cómputo del plazo para la presentación y apertura de proposiciones, y el día anterior a ésta, será el último que se contabilizará para determinar el citado plazo, por lo que el acto de presentación y apertura deberá celebrarse como mínimo el día 41 u 11 según corresponda, o al día siguiente hábil, en caso de que los mismos fueran inhábiles.
VISITA A LOS SITIOS DONDE SE REALIZARÁ LA OBRA
(Art. 21, Reforma)
Esta visita será optativa para los interesados, y tendrá como objeto que los licitantes conozcan las condiciones ambientales, así como las características referentes al grado de dificultad de los trabajos a desarrollar y sus implicaciones de carácter técnico.
Los licitantes deberán incluir en sus proposiciones un escrito en el que manifiesten que conocen las condiciones y características antes citadas, por lo que no podrán invocar su desconocimiento o solicitar modificaciones al contrato por este motivo.
A quienes adquieran las bases con posterioridad a la realización de la visita, podrá permitírseles el acceso al lugar en que se llevarán a cabo los trabajos, el cual podrá ser hasta de 72 horas, cuando por razones de seguridad o acceso al sitio de los trabajos resulte necesario, debiéndose en este caso establecerse dicho término en las bases de licitación.
JUNTA DE ACLARACIONES
(Art. 22, Reforma)
La asistencia a la junta de aclaraciones es optativa para los licitantes, y quienes hubieren adquirido las bases podrán plantear personalmente, por escrito o a través de los medios electrónicos que se hubiesen previsto en las bases de licitación, sus dudas, aclaraciones o cuestionamientos sobre la convocatoria, las bases, sus anexos y a las cláusulas del modelo de contrato, las cuales serán ponderadas por las dependencias y entidades. Éstas podrán recibir preguntas adicionales con posterioridad a la junta de aclaraciones y hasta 48 horas antes de la conclusión del período de venta de las bases.
FIRMA DE TODA LA DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRE LAS PROPOSICIONES
(Art. 23, Reforma)
Los licitantes deberán firmar cada una de las fojas que integren su proposición, sin que la falta de firma de alguna de ellas sea causa de descalificación. Ahora bien, el licitante a quien se le hubiese adjudicado el contrato, previo a su formalización, deberá firmar la totalidad de la documentación que integre su proposición.
Si el licitante entrega información de naturaleza confidencial, deberá señalarlo expresamente por escrito a la convocante.
PRESENTACIÓN OBLIGATORIA ADICIONAL A LA INCLUIDA EN LA PROPOSICIÓN
(Art. 24, Reforma)
- Escrito mediante el cual declare bajo protesta de decir verdad que por su conducto no participan en los procedimientos de contratación personas físicas o morales que se encuentren inhabilitadas por resolución de la SFP;
- copia simple de la declaración fiscal o balance general auditado de la empresa, correspondiente al ejercicio fiscal inmediato anterior, con el que se acredite el capital contable requerido por la convocante;
- copia simple de la identificación oficial vigente con fotografía, tratándose de personas físicas y en el caso de personas morales, de la persona que firme la proposición;
- copia simple del comprobante de pago de las bases de licitación;
- declaración de integridad, mediante la cual los licitantes manifiesten que se abstendrán de adoptar conductas para que los servidores públicos de la dependencia o entidad convocante, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier otro aspecto que les otorguen condiciones más ventajosas, en relación con los demás participantes;
- escrito mediante el cual, en su caso, los participantes manifiesten que en su planta laboral cuentan cuando menos con un 5% de personas con discapacidad, cuyas altas en el Instituto Mexicano del Seguro Social se hayan dado con seis meses de antelación a la fecha prevista para firma del contrato respectivo, obligándose a presentar en original y copia para cotejo las altas mencionadas, a requerimiento de la dependencia o entidad convocante, en caso de empate técnico;
- las personas que se encuentren inscritas en el registro de contratistas de la convocante podrán participar manifestando, mediante escrito bajo protesta de decir verdad, que la información requerida se encuentra actualizada, y
- la información que conste en el Registro Único de Personas Acreditadas, o en su caso en el registro de contratistas de la convocante, haciendo constar la legal existencia del licitante, así como sus facultades para comprometerse a nombre de su mandante.
CONTENIDO DEL REGISTRO DE CONTRATISTAS
(Art. 25, Adición)
Para facilitar los procedimientos de contratación, las dependencias y entidades contarán con un registro de contratistas, el cual será integrado con la información proporcionada por los interesados, así como con aquélla con la que cuenten las convocantes, que será:
- nombre o razón social y domicilio de la contratista;
- información relativa al número de escritura constitutiva, sus reformas y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio (RPC);
- relación de accionistas;
- nombre de sus representantes legales, así como la información relativa a los documentos que los acrediten como tales y sus datos de inscripción en el RPC;
- especialidad de la contratista y la información relativa a los contratos de obras o servicios que lo acrediten;
- experiencia acreditada con contratos de obras o servicios;
- información referente a la capacidad técnica, económica y financiera, y
- antecedentes de cumplimiento de contratos.
Dicho registro tendrá únicamente efectos declarativos respecto de la inscripción de contratistas, sin que dé lugar a efectos constitutivos de derechos y obligaciones, y sin que represente algún costo a las personas físicas o morales que pretendan inscribirse en el mismo.
Al momento de la inscripción en el registro, las dependencias y entidades determinarán la información que tendrá el carácter de reservada o confidencial.
La información contenida en el registro de contratistas deberá proporcionarse a cualquier otra convocante que así lo solicite para efectos de sus procedimientos de contratación, salvo la que sea de carácter reservado o confidencial.
Tratándose de procedimientos de contratación mediante invitación a cuando menos tres personas, la selección de participantes podrá hacerse de entre los contratistas que se encuentren inscritos en el registro, en atención a su experiencia, especialidad y capacidad técnica y antecedentes de cumplimiento en tiempo y en monto respecto de contratos que tengan celebrados con la dependencia o entidad convocante.
Asimismo, se considerarán los contratistas cuyo domicilio se encuentre más cerca de la zona donde se pretenden ejecutar los trabajos o prestar los servicios, y que cuenten con la capacidad de respuesta inmediata, así como los recursos técnicos, financieros y demás necesarios de conformidad con las características, complejidad y magnitud de los trabajos a ejecutar.
Atendiendo a la cantidad de obras y servicios que realicen, las dependencias y entidades deberán integrar su registro de contratistas, siendo obligatorio para aquéllas que cuenten con comité de obras públicas, y optativo para las que no lo tengan.
DOCUMENTACIÓN QUE DEBERÁN CONTENER LAS PROPOSICIONES
(Art. 26, fracs. I, IV, V y VII, Adición)
Las dependencias y entidades atendiendo a las características, complejidad y magnitud de los trabajos, requerirán que la proposición de los licitantes contenga los siguientes documentos:
- manifestación escrita de conocer el sitio de realización de los trabajos y sus condiciones ambientales; estar conforme en ajustarse a las leyes y reglamentos aplicables, a los términos de las bases de licitación, sus anexos y las modificaciones que se hubiesen efectuado; al modelo de contrato, los proyectos arquitectónicos y de ingeniería; el haber considerado las normas de calidad de los materiales y las especificaciones generales y particulares de construcción que la dependencia o entidad convocante les hubiere proporcionado, así como haber considerado en la integración de la proposición, los materiales y equipos de instalación permanente, que en su caso, le proporcionará la propia convocante y el programa de suministro correspondiente;
- documentos que acrediten la experiencia y capacidad técnica en trabajos similares, con la identificación de los trabajos realizados por el licitante y su personal, en los que sea comprobable su participación, anotando el nombre de la contratante, descripción de las obras, importes totales, importes ejercidos o por ejercer y las fechas previstas de terminaciones, según el caso;
- escrito en la que señale las partes de los trabajos que subcontratará, en caso de haberse previsto en las bases de licitación.
Las dependencias y entidades podrán solicitar la información necesaria que acredite la experiencia y capacidad técnica y económica de las personas que se subcontratarán, y
- relación de maquinaria y equipo de construcción, indicando si son de su propiedad, arrendadas con o sin opción a compra, su ubicación física, modelo y usos actuales, así como la fecha en que se dispondrá de estos insumos en el sitio de los trabajos conforme al programa presentado; tratándose de maquinaria o equipo de construcción arrendado, con o sin opción a compra, deberá presentarse carta compromiso de arrendamiento y disponibilidad en el caso de que resultare ganador.
DOCUMENTOS NECESARIOS EN OBRAS A PRECIOS UNITARIOS Y A PRECIO ALZADO
Obras a precios unitarios
|
Obras a precio alzado
|
|
|
Análisis del total de los precios unitarios de los conceptos de trabajo, determinados y estructurados con costos directos, indirectos, de financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales, donde se incluirán los materiales a utilizar con sus correspondientes consumos y costos, y de mano de obra, maquinaria y equipo de construcción con sus correspondientes rendimientos y costos, y relación y análisis de los costos unitarios básicos de los materiales que se requieran para la ejecución de los trabajos
|
Programas cuantificados y calendarizados de erogaciones, describiendo las actividades y subactividades de la obra, así como la cuantificación del suministro o utilización, conforme a los períodos determinados por la convocante, de: mano de obra; maquinaria y equipo de construcción, identificando su tipo y características; materiales más significativos y equipos de instalación permanente, expresados en unidades convencionales y volúmenes requeridos, y utilización del personal profesional técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección, administración y ejecución de los trabajos
|
Catálogo de conceptos, conteniendo descripción, unidades de medición, cantidades de trabajo, precios unitarios con número y letra e importes por partida, subpartida, concepto y del total de la proposición | Presupuesto total de los trabajos, el cual deberá dividirse en actividades de obra, indicando con número y letra sus importes, así como el monto total de la proposición |
Programas de erogaciones a costo directo calendarizados y cuantificados en partidas y subpartidas de utilización, conforme a los períodos determinados por la convocante, para: la mano de obra; la maquinaria y equipo de construcción, identificando su tipo y características; los materiales y equipos de instalación permanente expresados en unidades convencionales y volúmenes requeridos, y utilización del personal profesional técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección, administración y ejecución de los trabajos
|
Programas de erogaciones a costo directo calendarizados y cuantificados en partidas y subpartidas de utilización, para los siguientes rubros: mano de obra; maquinaria y equipo de construcción, identificando su tipo y características; materiales y equipos de instalación permanente expresados en unidades convencionales y volúmenes requeridos, y utilización del personal profesional técnico, administrativo y de servicio encargado de la dirección, administración y ejecución de los trabajos
|
Utilidad propuesta por el licitante | Cédula de avances y pagos programados, calendarizados y cuantificados por actividades a ejecutar, conforme a los períodos determinados por la convocante |
Listado de insumos que intervienen en la integración de la proposición, agrupado por materiales significativos y equipo de instalación permanente, mano de obra, maquinaria y equipo de construcción, con la descripción y especificaciones técnicas de cada uno de ellos, indicando las cantidades a utilizar, sus respectivas unidades de medición y sus importes
|
Además de los referidos en las obras de precios unitarios, si es un proyecto integral o llave en mano, el licitante señalará las normas de calidad y especificaciones técnicas a que se sujetará, las cuales deberán apegarse a las establecidas por la convocante en las bases de licitación
|
Análisis, cálculo e integración del factor de salario real, anexando el tabulador de salarios base de mano de obra por jornada diurna de ocho horas e integración de los salarios | |
Análisis, cálculo e integración de los costos horarios de la maquinaria y equipo de construcción, debiendo considerar éstos, para efectos de evaluación, costos y rendimientos de máquinas y equipos nuevos
|
|
Análisis, cálculo e integración de los costos indirectos, identificando los correspondientes a los de administración de oficinas de campo y los de oficinas centrales | |
Análisis, cálculo e integración del costo por financiamiento
|
- la relación de los licitantes cuyas proposiciones se calificaron como solventes, ubicándolas de menor a mayor, de acuerdo con sus montos;
- los criterios de adjudicación del contrato, así como el resultado de la aplicación y la relación de licitantes con sus puntajes del mayor al menor, y
- para el caso de que se adjudique a la proposición solvente más baja, la relación de licitantes cuyas proposiciones se calificaron como solventes, ubicándolas del menor al mayor conforme a sus montos.
- acredite que la información o documentación proporcionada por los licitantes es falsa, o
- compruebe que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los costos de los trabajos, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.
- en la realización del procedimiento de invitación a cuando menos tres personas, se incluirá al menos una institución de educación superior, o bien, un centro de investigación establecido en el país, el cual deberá contar con experiencia sobre la materia vinculada a la consultoría, asesoría, estudio, investigación o capacitación que se requiere contratar. Cuando no existan instituciones o centros con las características indicadas en el párrafo anterior, deberá integrarse al expediente un escrito firmado por el titular del área solicitante, adjuntando las constancias que lo acrediten;
- sólo cuando la información necesaria para la elaboración de la proposición, estuviere reservada resultará procedente la autorización para que la contratación se realice mediante el procedimiento de adjudicación directa, para lo cual deberá observarse lo siguiente:
- del expediente cuya información se encuentre reservada, deberá relacionarse cada documento que, en su caso, se anexaría a las bases de la invitación a cuando menos tres personas, que el titular del área solicitante determine como necesaria para que los invitados puedan elaborar sus proposiciones;
- deberá adjuntarse a la solicitud de adjudicación directa, copia de las carátulas elaboradas, firmadas por el servidor público respectivo, mediante las cuales se acredite que la información correspondiente se encuentra clasificada como reservada, y
- una vez definida la procedencia del supuesto de información reservada, deberá justificarse fehacientemente, la selección del contratista que se propone para la adjudicación directa, con respecto a otros existentes, e
- igualmente, deberá presentarse el estudio específico por el cual se determine que el precio del servicio resulta conveniente;
- en la contratación de los servicios referidos en las bases de la invitación y en el contrato, invariablemente, deberán precisarse los entregables objeto de la contratación, y adicionalmente, en los contratos deberá indicarse el precio de cada uno de ellos;
- lo anterior no resultará aplicable en los casos en que las dependencias y entidades realicen procedimientos de invitación a cuando menos tres personas, o de adjudicación directa, cuando el monto de la contratación de servicios de consultoría, asesoría, estudios, investigaciones o capacitación, exceda el 20% del monto autorizado, y
- no se podrá llevar a cabo la adjudicación directa de consultorías, asesorías, estudios, investigaciones o capacitación relacionados con obras públicas, con personas físicas.
- a existencia del programa informático relativo para el uso de la bitácora, autorizado por la SFP y deberá garantizar la inalterabilidad de la información que se registre;
- el medio de identificación electrónica, y
- la certificación del medio de identificación electrónica.
- sean provocados por factores ajenos a la dependencia o entidad contratantes o al contratista; por cambios motivados por avances tecnológicos que incidan sustancialmente en la operación de las obras e instalaciones o por incrementar la eficacia o seguridad de las mismas;
- no estén incluidos en los alcances del contrato a precio alzado, ni tengan por objeto modificar o subsanar omisiones o errores del contratista en el proyecto ejecutivo contratado o incumplimientos de éste, y
- en los que sea posible determinar los volúmenes, cantidades, costos y alcances de los mismos.
- se emita un dictamen por el responsable de la ejecución de los trabajos en la dependencia o entidad, por el cual se fundamente y motive técnicamente la necesidad de su realización;
- que dichos trabajos se incluyan en un contrato de obra a base de precios unitarios y tiempo determinado, y
- que la formalización del contrato se realice por adjudicación directa al mismo contratista, sujeto a las formalidades previstas para los procedimientos de excepción.
- referir el nombre o razón social de la persona inhabilitada respecto de la cual presume vinculación con la persona participante, así como los datos de identificación con que se cuente, y
- señalar de manera pormenorizada los hechos o circunstancias particulares de la persona participante, remitiendo al efecto las constancias de las que se desprenda la presunción fundada de su vinculación con la sancionada.