Aplicación de la lex mercatoria

Aplicación de la lex mercatoria

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 .  (Foto: IDC online)

En el terreno del derecho internacional se habla de la lex mercatoria, término que hace referencia a los anales de derecho mercantil, al derecho comercial transnacional, a los usos y las costumbres internacionales, los principios generales del derecho comercial, e inclusive a la equidad y justicia.

Sin embargo, en virtud de las diferencias entre los sistemas jurídicos nacionales que impiden la consolidación de un marco legal uniforme para los negocios internacionales, la incapacidad de las leyes locales de regular operaciones complejas de  tipo transnacional, y la creciente consolidación del arbitraje como medio efectivo de resolución de controversias internacionales, ha provocado la formalización de un sinnúmero de convenciones internacionales y otro tipo de instrumentos que pretenden regular las transacciones internacionales de negocios. Entre estos sobresalen los Incoterms (Reglas para la Interpretación Uniforme de Términos Comerciales, conjunto de reglas para interpretar los términos comúnmente utilizados en la distribución y asignación de los riesgos en operaciones de compraventa internacional), y las reglas UCP500 (Reglas de Costumbre y Práctica Uniforme para los Créditos Documentarios).

Asimismo, se presentan un sinnúmero de instrumentos internacionales tales como convenciones, principios, usos y prácticas codificadas, modelos de leyes y contratos, recomendaciones, estudios y demás. Por ello surge la discusión de la existencia o no de una especie de ?régimen transnacional? aplicables en la práctica comercial internacional, asociado con el término de lex.

Anteriormente los comerciantes en algunas partes del mundo crearon un conjunto de reglas que la práctica comercial demandó en su momento; principios generales como ?la buena fe? y ?la equidad? condujeron a reglas específicas respecto de la pérdida o deterioro de los bienes, la transferencia de la propiedad, las obligaciones relativas al pago del flete y seguro de transporte, entre otras. A pesar de ello, cada país conservó y aplicó su propio derecho interno, pero cuando se trataba de disputas comerciales internacionales eran resueltas bajo reglas transnacionales ajenas a un sistema legal doméstico en particular.

Este antiguo sistema impulsó la aparición de algunas reglas del actual derecho mercantil, pasando a formar parte de las legislaciones nacionales, tales como:

  • los acuerdos informales, pueden llegar a ser legalmente válidos y obligan a las partes;
  • el comprador de buena fe de bienes robados es protegido respecto del original propietario, cuando tales bienes hubiesen sido adquiridos en mercados abiertos;
  • la sola posesión de una letra de cambio otorga el derecho de pago;
  • el vendedor tiene el derecho a detener el tránsito de los bienes vendidos si el comprador incumple el contrato respectivo, y
  • los socios pueden demandarse entre sí.

Por lo anterior, en la actualidad se sostiene que la lex mercatoria incorpora: el derecho internacional público; las leyes modelo; los principios generales del derecho; las reglas de las organizaciones internacionales; los usos y costumbres comerciales no codificados; formatos estándares de contratos, y laudos arbitrales.

La lex mercatoria es, por tanto, el conjunto de principios jurídicos internacionales y reglas derivadas de la costumbre y uso comercial internacional, aplicables en su caso a las operaciones de comercio transnacional, así como una manera de llenar los vacíos y lagunas legales.