Derechos de autor y medios electrónicos

Derechos de autor y medios electrónicos

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 .  (Foto: IDC online)

Nadie imaginó que el avance de la tecnología fuera tan rápido, hasta llegar a la posibilidad de almacenar toda una enciclopedia, o adquirir la totalidad de canciones de un grupo sin acudir a una tienda de discos.

Las diferentes legislaciones locales y los convenios en materia de derechos de autor han dado al Estado la función de velar por la protección de la propiedad intelectual, básicamente en la facultad para explotarla, cederla o conceder licencias como parte de su patrimonio.

Sin embargo, el mundo ha cambiado, y actualmente parece imposible proteger la distribución y reproducción de obras con consentimiento del autor, lo cual es una infracción y un delito.

El avance tecnológico ha permitido la creación de copias con la misma calidad de la obra original en detrimento de los derechos de autor.

La OMPI ha tratado de poner orden en la materia convocando a expertos para proteger a los derechos de autor frente a los medios electrónicos, pero el proceso ha sido lento.

En nuestro país, se protege los derechos morales y patrimoniales del autor, pero es insuficiente porque no se prevé por ejemplo la problemática de la transmisión de datos, pues por un lado se efectúa en Estados que no han suscrito tratados internacionales de protección de estos derechos y en ocasiones no se puede identificar con claridad la persona que lo realizó.

Por ello, es menester introducir medidas para regular la transmisión, distribución, reproducción y difusión de obras por medios electrónicos.