Simplificación en protección de marcas

Simplificación en protección de marcas

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 .  (Foto: IDC online)

Las marcas son un componente clave para la empresa privada, porque incluso puede exceder el valor de los activos tangibles de una empresa, de ahí la trascendencia de su protección.

Actualmente una marca tiene protección únicamente en el país donde se otorga, pero el Sistema de Madrid para el registro internacional de marcas (basado en el Tratado de Madrid de 1891 con sus modificaciones y el Protocolo de Madrid en vigor desde 1996) administrado por la Organización Mundial de Propiedad Industrial (OMPI) proporciona al dueño de una marca la posibilidad de protegerla en varios países al presentar una sola solicitud, un solo idioma y costo, además podrá mantenerse y renovarse su registro a través de un procedimiento único.

Este registro internacional produce el mismo efecto que una solicitud presentada en cada uno de los países señalados por el solicitante.

Bajo este sistema, la oficina de cada Estado tiene derecho a rehusar la protección mediante una notificación que debe realizarse en un plazo de 12 meses, e incluso de 18, y bastará con que sea una decisión preeliminar (como sucede en México donde la decisión del Instituto Mexicano de Propiedad Industrial puede ser impugnada y prolongarse en el tiempo) para que surta efectos, y la decisión final pudiera darse entonces con posterioridad a los plazos señalados.

La adhesión de Japón, República de Corea, Estados Unidos y el posible acceso de la Unión Europea al Protocolo de Madrid, aunado a incluir al español como tercer idioma de trabajo, promete hacer de él una opción atractiva para la comunidad de negocios internacional.