Buró de crédito ¿bueno o malo?

Buró de crédito ¿bueno o malo?

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 .  (Foto: IDC online)

Todos los solicitantes de un financiamiento (préstamos, aperturas o tarjetas de crédito y/o departamentales, hipotecas, etcétera) tienen un historial crediticio, el cual registra todos sus créditos, hayan sido o no pagados; por lo tanto, si ha efectuado alguna operación de dicha índole, seguramente ya se encuentra ?registrado? en el buró de crédito.

Lo anterior no significa que tenga ?notas malas?, esté boletinado y que por tal razón no pueda ser susceptible del otorgamiento de un crédito, toda vez que los otorgantes de crédito tienen la obligación de reportar mensualmente el comportamiento de los créditos otorgados y la forma en que son pagados, sea puntual y adecuadamente, o si presentan retrasos.

Tales registros se reflejan en un documento llamado Reporte de Crédito Especial.

Los registros de los créditos se conservan hasta por un término de 84 meses (siete años), contados a partir de la fecha en que aquéllos se hubiesen pagado totalmente y la institución otorgante del crédito reportó la fecha de cierre correspondiente; o bien a partir de la última vez que se reportó la información.

Al respecto, el buró de crédito no emite calificación alguna para determinar la viabilidad de un crédito, sólo proporciona in-formación sobre los créditos registrados a nombre de determinada empresa o persona que obtuvo un crédito; en su caso son los otorgantes del crédito quienes evalúan el nivel de riesgo y deciden otorgarlo o no, según los registros que se tengan del acreditado o solicitante.

El buró de crédito es un medio que permite calificar el cumplimiento de compromisos por parte de los acreditados o solicitantes, y sólo elimina los registros de su base de datos en los siguientes registros de personas físicas:

  • con antigüedad igual o mayor a 84 meses (siete años). El plazo se considera a partir de la fecha en que ocurrió el evento, y
  • respecto de créditos vencidos (que tengan 90 o más días de incumplimiento en sus pagos), cuyo saldo sea equivalente a 1,000 Unidades de Inversión (UDIs), siempre y cuando hubiesen transcurrido 48 meses (cuatro años) contados a partir de la fecha en que los créditos se encuentren cerrados, es decir, que por cualquier causa hubiesen dejado de existir derechos de cobro respecto de los créditos relativos, o el buró de crédito hubiere dejado de recibir información sobre los mismos.

Finalmente, puede decirse que los beneficios que ofrece el buró de crédito, son:

A las instituciones otorgantes de crédito A los solicitantes de crédito y/o acreditado
  • Conocer su historial crediticio y la forma en que reportan la información las instituciones crediticias;
  • tener la información para asumir compromisos inmediatos y a largo plazo;
  • obtener su reporte de crédito especial previo a la solicitud de un crédito, para conocer su situación actual, e
  • identificar información imprecisa o desactualizada para solicitar una aclaración a las instituciones crediticias
  • Les permite conocer:
    • los datos generales del acreditado o solicitante;
    • domicilios particulares y datos del empleo reportados;
    • créditos contratados, características y condiciones de cada contrato, y
    • comportamiento histórico de pagos y número de consultas efectuadas al expediente