Colocación de mobiliario urbano en DF

Colocación de mobiliario urbano en DF

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 .  (Foto: IDC online)

A partir del 5 de diciembre pasado, según el Acuerdo por el que se determina como actividad riesgosa el emplazamiento de mobiliario urbano con o sin publicidad integrada en la vía pública y espacios abiertos en el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, es considerada como actividad riesgosa el emplazamiento de mobiliario urbano con o sin publicidad integrada en la vía pública y espacios abiertos en el Distrito Federal, cuando se:

  • propicie riesgo, daño material y humano, obstaculice la visibilidad del conductor de vehículos automotores o altere el libre tránsito del peatón;
  • requiera de la responsiva del Director Responsable de Obra y/o Corresponsable;
  • incumpla con las medidas de seguridad previstas en el Reglamento para el Ordenamiento del Paisaje Urbano del Distrito Federal, o
  • fabriquen con materiales no in-combustibles o tratados anticorrosivos y antireflejantes que garanticen la estabilidad y seguridad del mobiliario urbano con o sin publicidad integrada.

Por lo tanto, todo el mobiliario urbano con o sin publicidad integrada que presente una alteración a la vía pública y espacios abiertos, se considera como riesgoso, y para salvaguardar a las personas y el entorno urbano, la autoridad del Distrito Federal respectiva realizará la visita de verificación administrativa correspondiente, e impondrá, en su caso, las medidas de seguridad y sanciones correspondientes.