En virtud de la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la Séptima Resolución de Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005 y sus anexos 7, 11 y 15, el pasado 6 de diciembre de 2005, el pago de derechos por concepto de expedición de pasaportes, a partir del 1o de enero de 2006, sólo podrá efectuarse por medios electrónicos; es decir, vía Internet o por ventanilla bancaria, únicamente con el formato de ?Hoja de Ayuda?, misma que podrá ser solicitada en:
- cualquier Delegación de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y/u Oficinas Estatales o Municipales de Enlace;
- las Administraciones Locales de Asistencia al Contribuyente del Sistema de Administración Tributaria, o
- directamente de la página de Internet de la SRE, de donde podrá imprimirse.