Protección a las sociedades de inversión

Si usted forma parte de una sociedad de inversión, conozca los beneficios a aplicar para no salir afectado de la crisis económica mundial

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 .  (Foto: IDC online)

Con el ánimo de proteger a los accionistas e inversionistas que permanezcan en las sociedades de inversión de renta variable y en instrumentos de deuda, el gobierno del Distrito Federal, ha publicado medidas para proteger a dichas inversiones.

Las sociedades de inversión podrán, entonces, aplicar al precio de valuación de compra o venta de las acciones emitidas, el diferencial que hubiese sido determinado de conformidad con las políticas, procedimientos y metodología que aprobadas por el consejo de administración, el cual no podrá ser mayor al resultado que se obtenga conforme a la metodología establecida. Dicho diferencial no podrá aplicarse en perjuicio de los inversionistas. Asimismo, al precio de valuación de compra o venta, se aplicará el diferencial respectivo en todas las operaciones que celebre la sociedad de inversión.

Para la aplicación del diferencial debe contar con el visto bueno del contralor normativo y el responsable de la administración integral de riesgo de la sociedad operadora que le preste servicios a la sociedad de inversión; y deberá constar por escrito y estar suscrito por los funcionarios ya referidos.

Cuando se presente esta situación, la sociedad de inversión dará a conocer a sus accionistas, inversionistas y a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores las causas y la justificación de la aplicación del diferencial, así como la forma en que éste fue determinado, a más tardar el día hábil siguiente en que se presenten, a través del sistema electrónico de envío y difusión de información de las respectivas bolsas.

Por otra parte, las referidas sociedades, podrán prever la aplicación de los diferenciales siempre que tal circunstancia se encuentre expresamente establecida en los prospectos de información al público inversionista y folletos simplificados. Los diferenciales no deben generar condiciones de inequidad entre sus inversionistas.

Vigencia: A partir del 10 de octubre de 2008, y estará vigente hasta el 10 de abril de 2009.

Fuente: Resolución que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las sociedades de inversión y a las personas que les prestan servicios (DOF del 10 de octubre de 2008).