¡Casas de bolsa con nuevas actividades!

Las casas de bolsas podrán celebrar también contratos de comisión mercantil con instituciones de crédito para realizar ciertas operaciones

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 .  (Foto: IDC online)

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, hoy en el Diario Oficial de la Federación, publicó la autorización que se les otorga a las casas de bolsa para que puedan celebrar  contratos de comisión mercantil con instituciones de crédito que cuenten con la autorización por parte de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, para realizar a nombre y por cuenta de éstas, las operaciones siguientes:

  • aceptación de préstamos documentados en pagarés con rendimiento liquidable al vencimiento
  • recepción de depósitos a plazo fijo documentados en certificados de depósito o constancias de depósito a cargo de las propias instituciones
  • liquidación de las operaciones referidas

Tales títulos, deberán:

  • ser nominativos y no negociables
  • tener un vencimiento no menor a 90 días
  • indicar si son renovables al vencimiento