Pago de adeudos y domiciliación de pagos

A partir del 1º de febrero entran en vigor las nuevas reglas relacionadas con los pagos de créditos contratados con bancos

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 .  (Foto: IDC online)

Se modifican las reglas relacionadas con los pagos de cr?tos contratados con las instituciones del sistema financiero, cuyos puntos principales son los siguientes:

  • se denomina cr?to a los cr?tos, pr?amos, financiamientos y cr?tos revolventes asociados a tarjetas de cr?to, y se incorporan como proveedores a los otorgantes de cr?tos
  • los formatos para las solicitudes de la contrataci?el servicio de domiciliaci? su cancelaci?o para realizar objeciones de cargos relacionados con los servicios de cr?tos, pr?amos, financiamientos y cr?tos revolventes, adem?de los medios ya existentes, se dar?a conocer en las p?nas electr?as de los proveedores, en alguna de las secciones a trav?de las cuales tenga acceso el p?co en general, y en el servicio de banca electr?a que proporcionen a sus clientes. Asimismo, tambi?se recibir?tales solicitudes mediante el servicio de banca electr?a
  • el pago de los cr?tos, pr?amos, financiamientos y cr?tos revolventes a trav?del servicio de domiciliaci?tambi?se podr?efectuar con cargo a una cuenta de ahorro, debiendo sujetarse, en el caso espec?co del pago de tarjetas de cr?to, a las "Reglas de domiciliaci?n cuentas de dep?o bancario de dinero"

Las reglas anteriores entrar?en vigor a partir del 1º de febrero de 2010.

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