Tope al cobro de comisiones bancarias

El Banco de México emitió una Circular a finales de julio para regular el exceso en el cobro de comisiones

.
 .  (Foto: IDC online)
Gracias a la Circular 22/2010 que emiti? Banco de M?co a finales de julio, las instituciones de cr?to, sociedades financieras de objeto limitado y las sociedades financieras de objeto m?ple reguladas tienen un freno al cobro ilimitado de comisiones por sus servicios. Sin duda, una acci?rascendente para proteger los derechos de los usuarios bajo los criterios de que no se cobren comisiones por servicios que debieran incluirse en el producto financiero y que las comisiones por incumplimiento guarden proporci?azonable con el monto incumplido.

?El Banco de M?co ha identificado nuevas pr?icas inadecuadas en el cobro de comisiones en operaciones activas, pasivas y de servicios, las cuales son materia de la presente regulaci? dice textualmente la circular, por lo que ahora:

  • se proh? el cobro de comisiones, tanto en las ventanillas de sus sucursales como en los cajeros autom?cos operados por la instituci?e cr?to que lleva la cuenta, por:
    •  retiros de efectivo
    • consultas de saldo
    • dep?os en cuenta
    • pago de cr?tos
  • para que la comisi?or no pagar un cr?to a tiempo no sea excesiva, se prev?ue ?amente podr?obrarse la cantidad que resulte menor de: el monto del incumplimiento y el importe que la entidad financiera registre en el Banco de M?co.
  • para evitar la duplicidad de cobros por un mismo hecho, se proh? el cobro de comisiones por:
    • pago extempor?o de cr?tos cuando en el mismo per?o se cobren intereses moratorios
    • no utilizar durante un a?alendario la tarjeta de cr?to, si durante el mismo per?o se cobra comisi?or anualidad o alg?tro concepto equivalente
  • se proh? el cobro de comisiones por realizar las gestiones correspondientes a la cancelaci?el registro de hipotecas de bienes inmuebles en el Registro P?co
  • en las operaciones de transferencia de fondos y domiciliaci??se cobrar?na comisi?or parte de la instituci?e cr?to originadora de la operaci?div>
  • en devoluciones de transferencias de fondos y domiciliaci?se prev?ue la comisi?o podr?xceder del importe que, en su caso, se haya cobrado al cliente por su emisi?div>
  • para efectos de transparencia y con el objeto de que los clientes conozcan con oportunidad las comisiones que tendr?que pagar por el uso de cajeros autom?cos, se establece que los operadores deber?mostrar en las pantallas una leyenda clara sobre el costo total de la operaci?div>