Programa de protección civil

Los propietarios de inmuebles que al interior de ellos acudan o vivan muchas personas, deberán cumplir con las medidas de protección civil

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 .  (Foto: IDC online)

Requisitos

Los propietarios o poseedores de inmuebles destinados a vivienda plurifamiliar y conjuntos habitacionales; administradores, gerentes o propietarios de inmuebles en los que se realicen las siguientes actividades, deberán registrar el programa: teatros; cines, bares, discotecas, restaurantes, bibliotecas, centros comerciales, estadios, centros deportivos, gimnasios, escuelas públicas y privadas, hospitales, sanatorios, templos, establecimientos de hospedaje, juegos eléctricos, electrónicos o mecánicos, baños públicos, panaderías, estaciones de servicio, establecimientos de almacenamiento y distribución de hidrocarburos, laboratorios de procesos industriales, y los demás que sean de alto riesgo y exista usualmente una concentración de más de 50 personas incluyendo a los trabajadores del lugar (Art. 24 del Reglamento de la Ley de Protección Civil para el DF). Para ello, deberán presentar la siguiente documentación:

  • formato PC-02 debidamente llenado
  • carta de responsabilidad formulada por la empresa y/o de corresponsabilidad expedida por empresas capacitadoras, de consultoría y estudio de riesgo vulnerabilidad e instructores profesionales independientes que tengan registro ante la Dirección General de Protección Civil del DF
  • lineamientos de capacitación

En el caso de empresas de mediano y alto riesgo (con probabilidad elevada de que ocurra un fenómeno que pueda producir una emergencia, siniestro o desastre, poniendo en peligro la salvaguarda de los habitantes del DF, sus bienes y entorno) deberán anexar:

  • póliza de seguro vigente de cobertura amplia de responsabilidad civil y daños a terceros
  • satisfacer los ?Términos de Referencia?

Plazo de respuesta

30 días naturales

Costo aproximado

Gratuito